Disposiciones generales. . (2023/129-1)
Decreto 151/2023, de 27 de junio, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Las Marismas de Lebrija, en Lebrija (Sevilla); José Párraga, en Morón de la Frontera (Sevilla); PQS, en Dos Hermanas (Sevilla); Andasol, en Aldeire y La Calahorra (Granada); Polígono Industrial Punta del Sebo, en Huelva; Matsa, en Almonaster la Real (Huelva); IGCAR, en Minas de Riotinto (Huelva); CLH, S.A., en Córdoba; Solacor, I y II, en El Carpio (Córdoba); La Africana, en Posadas (Córdoba) y Soluz Guzmán, Palma I y II, en Palma del Río (Córdoba).
168 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

JUNTA DE ANDALUCIA

Número 129 - Viernes, 7 de julio de 2023

página 11482/17

Delegación del Gobierno- SEVILLA

Servicio de Protección Civil

Los modelos de cálculos usados pueden proceder del EFFECTS desarrollado por TNO. Este programa
calcula los efectos físicos y sobre la salud de las personas, asociados a cualquier accidente derivado
de cualquier de los anteriores, como pueden ser radiaciones de incendios, sobrepresiones de
explosiones, etc.
Para el análisis de la explosividad del Nitrato de Amonio, se atenderá al modelo TNT equivalente.
3.2.2. Modelos de consecuencias.
Se utilizan para predecir los daños a las personas o a los materiales debidos a la exposición a los
eventuales efectos:
-

Radiación de calor por incendio de charcos, jet fire, flash fire o BLEVE.

-

Efectos directos de sobrepresiones originadas por explosiones o asociadas a los efectos
secundarios de estas: derrumbamiento y edificaciones, rotura de cristales, etc.

-

Exposición e inhalación de gases con propiedades tóxicas.

3.3. DEFINICIÓN DE LAS ZONAS OBJETO DE PLANIFICACIÓN.
La Directriz básica define las siguientes zonas:
-

Zona de Intervención: es aquella en la que las consecuencias de los accidentes producen un
nivel de daños que justifica la aplicación inmediata de medidas de protección.

-

Zona de Alerta: es aquella en la que las consecuencias de los accidentes provocan efectos
que, aunque perceptibles por la población, no justifican la intervención, excepto para los
grupos críticos de población.

Para cada una de las hipótesis obtenidas, y en función de las consecuencias de cada una para las
personas, el medio ambiente y los bienes, se establecen en cada uno de los supuestos las zonas de
intervención y alerta.

3.4. JUSTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS CRITERIOS DE PLANIFICACIÓN UTILIZADOS.
Las zonas potencialmente afectadas por los fenómenos peligrosos que se derivan de los posibles
accidentes en las instalaciones contempladas en los PEE, se determinan a partir de las distancias a las
que unas ciertas variables físicas, representativas de los fenómenos peligrosos, alcanzan unos
determinados valores umbrales.
13

00286507

PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR ANTE EL RIESGO DE ACCIDENTES GRAVES EN LOS QUE INTERVIENEN SUSTANCIAS PELIGROSAS
EN LAS MARISMAS DE LEBRIJA, LEBRIJA (SEVILLA)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja