Disposiciones generales. . (2023/129-3)
Acuerdo de 4 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia Andaluza de Emprendimiento Digital y Transformación Digital de la PYME 2030.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Viernes, 7 de julio de 2023
página 11579/4
1. Apoyar la transformación digital de las pymes andaluzas y su incorporación a la
economía digital para la mejora de la productividad y competitividad del tejido empresarial
de Andalucía.
2. Impulsar el emprendimiento digital en la región, y promocionar Andalucía como un
ecosistema atractivo para atraer empresas emergentes de base digital a nivel nacional e
internacional.
3. Contribuir al desarrollo económico de nuestra región a través de su incorporación
a la economía digital, de forma que se favorezca la renovación del modelo productivo a
través del incremento de la productividad y la competitividad, para la consecución de las
metas establecidas en la Agenda 2030.
Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
La Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
a través de la Agencia Digital de Andalucía, será responsable y coordinará la elaboración
de la Estrategia.
El proceso de elaboración será el siguiente:
1. La Agencia Digital de Andalucía elaborará un borrador de la Estrategia. Para
ello contará con la participación de la Consejería con competencias en la planificación
general de las políticas de desarrollo de la cultura emprendedora y del emprendimiento
tecnológico en la Comunidad Autónoma. Así mismo constituirá un grupo de trabajo con la
participación de aquellas Consejerías y entidades instrumentales de la Administración de
la Junta de Andalucía con competencias sectoriales (industria, comercio, turismo, trabajo
autónomo, agricultura, salud, etc.) que puedan aportar políticas, programas, medidas o
actuaciones de impacto sobre el emprendimiento digital y la transformación digital de
la PYME en dichos sectores. La Agencia Digital de Andalucía podrá ser asesorada por
personas expertas y referentes en materia de economía digital.
2. El borrador de la Estrategia será sometido al trámite de información pública, por
un periodo no inferior a quince días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en la web
de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
siguiendo los cauces dispuestos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Asimismo, se recabarán los informes preceptivos exigidos por la normativa general
de aplicación.
4. La Agencia Digital de Andalucía propondrá a la persona titular de la Consejería
de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa el texto de la
Estrategia, que elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286603
Tercero. Contenido.
La Estrategia incluirá, al menos, los siguientes contenidos:
a) Un análisis del contexto del emprendimiento digital y la transformación digital de
las PYMES en Andalucía.
b) Un diagnóstico de la situación de partida, tanto desde una perspectiva interna como
externa que permita generar un análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas,
Oportunidades), que establezca un punto de reflexión sobre la Estrategia.
c) La definición de los objetivos estratégicos a alcanzar durante el periodo de vigencia
de la Estrategia.
d) La definición de las líneas de trabajo y de las actuaciones a acometer en el marco
temporal de la Estrategia para alcanzar los objetivos planteados.
e) La definición de un modelo de Gobernanza de la Estrategia.
f) El establecimiento de un sistema de seguimiento y evaluación de la Estrategia,
identificando sectores prioritarios, indicadores e impacto esperado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Viernes, 7 de julio de 2023
página 11579/4
1. Apoyar la transformación digital de las pymes andaluzas y su incorporación a la
economía digital para la mejora de la productividad y competitividad del tejido empresarial
de Andalucía.
2. Impulsar el emprendimiento digital en la región, y promocionar Andalucía como un
ecosistema atractivo para atraer empresas emergentes de base digital a nivel nacional e
internacional.
3. Contribuir al desarrollo económico de nuestra región a través de su incorporación
a la economía digital, de forma que se favorezca la renovación del modelo productivo a
través del incremento de la productividad y la competitividad, para la consecución de las
metas establecidas en la Agenda 2030.
Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
La Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
a través de la Agencia Digital de Andalucía, será responsable y coordinará la elaboración
de la Estrategia.
El proceso de elaboración será el siguiente:
1. La Agencia Digital de Andalucía elaborará un borrador de la Estrategia. Para
ello contará con la participación de la Consejería con competencias en la planificación
general de las políticas de desarrollo de la cultura emprendedora y del emprendimiento
tecnológico en la Comunidad Autónoma. Así mismo constituirá un grupo de trabajo con la
participación de aquellas Consejerías y entidades instrumentales de la Administración de
la Junta de Andalucía con competencias sectoriales (industria, comercio, turismo, trabajo
autónomo, agricultura, salud, etc.) que puedan aportar políticas, programas, medidas o
actuaciones de impacto sobre el emprendimiento digital y la transformación digital de
la PYME en dichos sectores. La Agencia Digital de Andalucía podrá ser asesorada por
personas expertas y referentes en materia de economía digital.
2. El borrador de la Estrategia será sometido al trámite de información pública, por
un periodo no inferior a quince días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en la web
de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
siguiendo los cauces dispuestos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Asimismo, se recabarán los informes preceptivos exigidos por la normativa general
de aplicación.
4. La Agencia Digital de Andalucía propondrá a la persona titular de la Consejería
de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa el texto de la
Estrategia, que elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286603
Tercero. Contenido.
La Estrategia incluirá, al menos, los siguientes contenidos:
a) Un análisis del contexto del emprendimiento digital y la transformación digital de
las PYMES en Andalucía.
b) Un diagnóstico de la situación de partida, tanto desde una perspectiva interna como
externa que permita generar un análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas,
Oportunidades), que establezca un punto de reflexión sobre la Estrategia.
c) La definición de los objetivos estratégicos a alcanzar durante el periodo de vigencia
de la Estrategia.
d) La definición de las líneas de trabajo y de las actuaciones a acometer en el marco
temporal de la Estrategia para alcanzar los objetivos planteados.
e) La definición de un modelo de Gobernanza de la Estrategia.
f) El establecimiento de un sistema de seguimiento y evaluación de la Estrategia,
identificando sectores prioritarios, indicadores e impacto esperado.