3. Otras disposiciones. . (2023/127-41)
Resolución de 27 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva, de incoación del procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la delimitación del Bien de Interés Cultural Monumento Conjunto Dolménico de Soto y de su entorno en los términos municipales de Trigueros, Beas y Niebla (Huelva).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Miércoles, 5 de julio de 2023
página 11420/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el
Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007 de 19
de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus
poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura
andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico,
antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º perceptúa que se orientarán las
políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación
efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio
cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que
la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio
histórico, artístico, monumental arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone
el artículo 149.1.28.º de la Constitución.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía
aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la
que, ente otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de
los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería
competente en la materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión
del mismo. Asimismo en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de
inscripción.
El Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,
aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero (declarado vigente por la Disposición
derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía), en su artículo 2, atribuye a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente la
competencia para la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en
Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico
Andaluz.
Estas competencias para la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía recae en
la actualidad en la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte según Decreto 1159/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la mencionada Consejería,
modificado por Decreto 78/2023, de 4 de abril.
De acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento de Organización Administrativa
del Patrimonio Histórico de Andalucía, el Director General de Bienes Culturales (hoy la
persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico, según Decreto 78/2023,
de 4 de abril, por el que se modifica el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) tendrá
la competencia para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz, disponiéndose la forma de inscripción en el
artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
donde se indica que se podrá realizar de manera individual o colectiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286446
Resolución de 27 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Huelva, de incoación del procedimiento para la inscripción
en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la delimitación
del Bien de Interés Cultural Monumento Conjunto Dolménico de Soto y de su
entorno en los términos municipales de Trigueros, Beas y Niebla (Huelva).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Miércoles, 5 de julio de 2023
página 11420/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el
Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007 de 19
de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus
poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura
andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico,
antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º perceptúa que se orientarán las
políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación
efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio
cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que
la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio
histórico, artístico, monumental arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone
el artículo 149.1.28.º de la Constitución.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía
aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la
que, ente otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de
los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería
competente en la materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión
del mismo. Asimismo en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de
inscripción.
El Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,
aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero (declarado vigente por la Disposición
derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía), en su artículo 2, atribuye a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente la
competencia para la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en
Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico
Andaluz.
Estas competencias para la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma de Andalucía recae en
la actualidad en la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte según Decreto 1159/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la mencionada Consejería,
modificado por Decreto 78/2023, de 4 de abril.
De acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento de Organización Administrativa
del Patrimonio Histórico de Andalucía, el Director General de Bienes Culturales (hoy la
persona titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico, según Decreto 78/2023,
de 4 de abril, por el que se modifica el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) tendrá
la competencia para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico Andaluz, disponiéndose la forma de inscripción en el
artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
donde se indica que se podrá realizar de manera individual o colectiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286446
Resolución de 27 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Turismo,
Cultura y Deporte en Huelva, de incoación del procedimiento para la inscripción
en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la delimitación
del Bien de Interés Cultural Monumento Conjunto Dolménico de Soto y de su
entorno en los términos municipales de Trigueros, Beas y Niebla (Huelva).