3. Otras disposiciones. . (2023/126-41)
Resolución de 20 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de la instalación de producción de energía eléctrica que se menciona. (PP. 2274/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Martes, 4 de julio de 2023

página 10897/3

Octavo. Afectando las modificaciones planteadas fundamentalmente al Ayuntamiento
de Calicasas y dado el visto bueno del Ayuntamiento de Albolote al soterramiento de
la parte final de la linea de evacuación hasta la subestación Juncaril 66 kV, por parte
de esta Delegación y en virtud de lo dispuesto en en los artículos 127.2 y 131.1, del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, se remitió con fecha 21.2.2023 el proyecto modificado
a los siguientes organismos afectados: Ayuntamiento de Calicasas y Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, para que en el plazo de treinta dias, se pronunciaran sobre
la conformidad u oposición a dicha instalación y establecieran el condicionado técnico
procedente.
Con fecha 5.4.2023 el Ayuntamiento de Calicasas informando que aunque el suelo
donde se emplaza el proyecto presenta compatibilidad urbanística, dicho proyecto
precisa de la colocación de gran cantidad de infraestructura en una zona muy amplia,
ocupando grandes extensiones de terreno, siendo altamente visibles desde cualquier
punto del casco urbano. Alega además que la ubicación afecta a la erosión del terreno
y especialmente al impacto visual. Y solicita además que según el artículo 52 de la Ley
7/2021, de 1 de diciembre, de Impuso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía
(Ley LISTA) se solicite informe preceptivo a la Consejería competente en materia
de Ordenación del Territorio, que «permita valorar las incidencias previsibles en la
ordenación del territorio conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Ley, así como su
afección al paisaje de ámbito».
La respuesta del Ayuntamiento de Calicasas fue remitida a la empresa promotora de
la actuación que con fecha 21/04/2023 contesta lo siguiente:
- Que no existe ninguna figura legal, urbanística, de protección o de cualquier otra
indole, que impida el desarrollo de la implantación del proyecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285919

Séptimo. Con fecha 11 de enero de 2023, Solarbay Renewable Energy, S.L., presenta
proyecto modificado del proyecto inicial acorde con las modificaciones presentadas al
proyecto de «Planta solar fotovoltáica El Bujeo y su infraestructura de evacuación en
términos municipales de Calicasas, Peligros y Albolote» durante el trámite ambiental
previo a la obtención del informe de AAU favorable, para que se continúe con el
procedimiento de autorización administrativa previa y de construcción.
En este proyecto modificado se han eliminado módulos solares fotovoltaicos en
las zonas indicadas por el Ayuntamiento de Calicasas, se ha cambiado de seguidores
a estructura fija con orientación sur e inclinación 25º que evita la visualización de los
módulos desde la población de Calicasas, se ha reubicado la posición de la subestación
elevadora dentro de los terrenos contratados, se ha realizado el soterramiento de la
línea de evacuación a su paso por el término municipal de Albolote (a petición de ese
Ayuntamiento) y a nivel medioambiental y paisajístico se ha propuesto la ejecución de
bosque de ribera entre la PSFV y el río Bermejo que ejercerá de pantalla visual entre
la población de Calicasas y la PSFV. Se han propuesto arbustos en la parte trasera de
las estructuras de los módulos fotovoltaicos lo que evitará que se aprecien las mismas
desde la población de Calicasas. Se han respetado las zonas de arboleda existentes
en el interior de la PSFV además de proponerse nuevas plantaciones que rompan la
linealidad de las estructuras. Por último, se ha propuesto la plantación de pradera en la
superficie de la planta.
Y considerando que estas modificaciones tendrían la consideración de modificaciones
no sustanciales de la autorización ambiental unificada.
Estas modificaciones se corresponden con los proyectos e instalación evaluada
medioambientalmente por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul.