5. Anuncios. . (2023/126-55)
Anuncio de 29 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución de corrección de errores del acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 126 - Martes, 4 de julio de 2023
página 11324/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 29 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución de
corrección de errores del acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva.
Para general conocimiento se hace pública la resolución de corrección de errores del
acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Huelva en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2022, relativa a la
«modificación núm. 6 de adaptación parcial a la LOUA de las normas subsidiarias del
PGOU del término municipal de Lucena del Puerto» CP-008/2019.
RESOLUCIÓN DE CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ACUERDO DE APROBACIÓN
DEFINITIVA DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Y URBANISMO DE HUELVA EN SESIÓN CELEBRADA EL 22 DE DICIEMBRE DE
2022 RELATIVA A LA «MODIFICACIÓN NÚM. 6 DE ADAPTACIÓN PARCIAL A LA
LOUA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL PGOU DEL TÉRMINO MUNICIPAL
DE LUCENA DEL PUERTO» CP-008/2019
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 22.12.22 se aprueba definitivamente la por Comisión Territorial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de la provincia de Huelva la «Modificación núm. 6
de adaptación parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias del PGOU del término
municipal de Lucena del Puerto».
Segundo. El día 12.1.23 se procede a la notificación del citado acuerdo al Ayuntamiento
de Lucena del Puerto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán,
asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los
errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo lo anteriormente expuesto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286348
Primero. El órgano competente para resolver es la Comisión Territorial de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 31.2.B).a)
y 36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, LOUA, el artículo 12.1.d) del Decreto
36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, y el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
BOJA
Número 126 - Martes, 4 de julio de 2023
página 11324/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 29 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa a la resolución de
corrección de errores del acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva.
Para general conocimiento se hace pública la resolución de corrección de errores del
acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio
y Urbanismo de Huelva en sesión celebrada el 22 de diciembre de 2022, relativa a la
«modificación núm. 6 de adaptación parcial a la LOUA de las normas subsidiarias del
PGOU del término municipal de Lucena del Puerto» CP-008/2019.
RESOLUCIÓN DE CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ACUERDO DE APROBACIÓN
DEFINITIVA DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Y URBANISMO DE HUELVA EN SESIÓN CELEBRADA EL 22 DE DICIEMBRE DE
2022 RELATIVA A LA «MODIFICACIÓN NÚM. 6 DE ADAPTACIÓN PARCIAL A LA
LOUA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL PGOU DEL TÉRMINO MUNICIPAL
DE LUCENA DEL PUERTO» CP-008/2019
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 22.12.22 se aprueba definitivamente la por Comisión Territorial de
Ordenación del Territorio y Urbanismo de la provincia de Huelva la «Modificación núm. 6
de adaptación parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias del PGOU del término
municipal de Lucena del Puerto».
Segundo. El día 12.1.23 se procede a la notificación del citado acuerdo al Ayuntamiento
de Lucena del Puerto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, establece que las Administraciones Públicas podrán,
asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los
errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Por todo lo anteriormente expuesto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286348
Primero. El órgano competente para resolver es la Comisión Territorial de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, de conformidad con lo establecido en los artículos 31.2.B).a)
y 36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, LOUA, el artículo 12.1.d) del Decreto
36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, y el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.