5. Anuncios. . (2023/124-65)
Anuncio de 21 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de los proyectos que se citan, en los términos municipales de Baños de la Encina y Guarromán (Jaén). (PP. 2267/2023).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 10849/2
- Longitud total: 2.659,30 m.
- Potencia a transportar: 5,00 MW.
- Tipo de montaje: Simple Circuito.
- Núm. conductores por fase: 1
- Origen: Centro de reparto PSFV Guarromán Solar 81.
- Final: S.E.T. Guadiel 25 kV.
Tramo aéreo:
- Longitud total: 1.265,82 metros (Tramo 1 + Tramo 3).
- Conductor tramo aéreo: 94-AL1/22-ST1A (LA-110).
- Número de apoyos: 9.
- Tipo de apoyos: Metálicos de celosía.
- Cimentación de apoyos: Monobloque de hormigón en masa.
- Longitud Tramo 1: 1.021,54 metros.
- Origen-Final Tramo 1: Centro Rep. Guarromán Solar 81-Apoyo 7 PAS.
- Longitud Tramo 3: 244,28 metros.
- Origen-Final Tramo 3: Apoyo 8 PAS-Apoyo 9 PAS.
Tramo Subterráneo:
- Longitud total: 1.393,48 metros (Tramo 2+Tramo 4).
- Conductor tramo subterráneo: HEPRZ1 18/30 kV 1x240 mm² Al.
- Disposición cond. en canalización: Directamente enterrados (salvo en cruzamientos).
- Longitud Tramo 2: 80,35 metros.
- Origen-Final Tramo 2: Apoyo 7 PAS-Apoyo 8 PAS.
- Longitud Tramo 4: 1.313,13 metros.
- Origen-Final Tramo 4: Apoyo 9 PAS-S.E.T. Guadiel 25 kV.
La servidumbre de paso aéreo y de paso subterráneo de energía eléctrica y la propia
planta fotovoltaica comprenderá las afecciones derivadas de la expropiación a tenor de lo
establecido en los artículos 157, 158, 159 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre:
Artículo 159. Servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica.
a) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con
las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A
efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas
y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre
subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos
de la instalación.
b) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los
conductores.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación y reparación de la línea eléctrica.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los
fines indicados en el párrafo c) anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285871
Artículo 158. Servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica.
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los
cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos
postes, torres o apoyos fijos.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los
fines indicados en el párrafo c) anterior.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023
página 10849/2
- Longitud total: 2.659,30 m.
- Potencia a transportar: 5,00 MW.
- Tipo de montaje: Simple Circuito.
- Núm. conductores por fase: 1
- Origen: Centro de reparto PSFV Guarromán Solar 81.
- Final: S.E.T. Guadiel 25 kV.
Tramo aéreo:
- Longitud total: 1.265,82 metros (Tramo 1 + Tramo 3).
- Conductor tramo aéreo: 94-AL1/22-ST1A (LA-110).
- Número de apoyos: 9.
- Tipo de apoyos: Metálicos de celosía.
- Cimentación de apoyos: Monobloque de hormigón en masa.
- Longitud Tramo 1: 1.021,54 metros.
- Origen-Final Tramo 1: Centro Rep. Guarromán Solar 81-Apoyo 7 PAS.
- Longitud Tramo 3: 244,28 metros.
- Origen-Final Tramo 3: Apoyo 8 PAS-Apoyo 9 PAS.
Tramo Subterráneo:
- Longitud total: 1.393,48 metros (Tramo 2+Tramo 4).
- Conductor tramo subterráneo: HEPRZ1 18/30 kV 1x240 mm² Al.
- Disposición cond. en canalización: Directamente enterrados (salvo en cruzamientos).
- Longitud Tramo 2: 80,35 metros.
- Origen-Final Tramo 2: Apoyo 7 PAS-Apoyo 8 PAS.
- Longitud Tramo 4: 1.313,13 metros.
- Origen-Final Tramo 4: Apoyo 9 PAS-S.E.T. Guadiel 25 kV.
La servidumbre de paso aéreo y de paso subterráneo de energía eléctrica y la propia
planta fotovoltaica comprenderá las afecciones derivadas de la expropiación a tenor de lo
establecido en los artículos 157, 158, 159 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre:
Artículo 159. Servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica.
a) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con
las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A
efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas
y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre
subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos
de la instalación.
b) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los
conductores.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación y reparación de la línea eléctrica.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los
fines indicados en el párrafo c) anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285871
Artículo 158. Servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica.
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los
cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos
postes, torres o apoyos fijos.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia,
conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.
d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los
fines indicados en el párrafo c) anterior.