3. Otras disposiciones. . (2023/123-28)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se modifican los modelos 270 y 271 establecidos en la Resolución de 4 de diciembre de 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11037/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria de
Andalucía, por la que se modifican los modelos 270 y 271 establecidos en la
Resolución de 4 de diciembre de 2018.
De acuerdo con la disposición final primera del Estatuto de la Agencia Tributaria
de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, y en relación con
el ejercicio de las funciones y competencias de la Agencia, corresponde a la persona
titular de la Consejería competente en materia de hacienda, entre otras, la de aprobar
los modelos de declaración, autoliquidación y comunicación de datos; de solicitud de
devolución; así como los modelos de actas de inspección.
Así mismo, según el apartado h) de la citada disposición, le corresponde a la persona
titular de la Consejería competente en materia de hacienda aprobar cualquier otro modelo
normalizado de solicitud u otro medio previsto en la normativa tributaria para facilitar a las
personas obligadas la aportación de datos e informaciones requeridos o para simplificar
la tramitación del correspondiente procedimiento.
Mediante Orden de 20 de noviembre de 2018, por la que se delegan y se atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales,
a través del artículo 35 de la misma se delega en la persona titular de la Dirección
de la Agencia Tributaria de Andalucía, la competencia atribuida en el párrafo h) de la
disposición final primera del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba
el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, para la aprobación de modelos o
formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria, para facilitar
a las personas obligadas la aportación de los datos e información requeridos o para
simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento.
Con fecha 10 de junio de 2023, se publica en BOE la Orden HFP/583/2023, de 7 de junio,
por la que se eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en
las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos
cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas y, dentro del ámbito
de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba la Orden de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de 22 de junio de 2023.
Para dar cumplimiento a ambas órdenes se hace necesario modificar los modelos
normalizados para solicitar aplazamientos y fraccionamientos de deudas que fueron
establecidos mediante la Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección de
la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se aprueban modelos o formularios
normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria para facilitar a las personas
obligadas la aportación de los datos e informaciones requeridos o para simplificar la
tramitación del correspondiente procedimiento y por la que se establece la posibilidad de
la presentación telemática de los mismos. Mediante esta resolución se modifica el literal
del texto donde se hace referencia al límite exento de la obligación de aportar garantías a
50.000 euros, para adecuar los modelos a lo establecido por las órdenes mencionadas.
Por todo lo anterior, y haciendo uso de las competencias que tengo conferidas,
Primero. Modificación del modelo 270.
Se modifica la denominación del título del Modelo 270 «Solicitud de aplazamiento o
fraccionamiento del pago de deudas de más de 50.000 euros» y se aprueba el formulario
que figura como Anexo 1 de esta resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286062
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11037/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección de la Agencia Tributaria de
Andalucía, por la que se modifican los modelos 270 y 271 establecidos en la
Resolución de 4 de diciembre de 2018.
De acuerdo con la disposición final primera del Estatuto de la Agencia Tributaria
de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, y en relación con
el ejercicio de las funciones y competencias de la Agencia, corresponde a la persona
titular de la Consejería competente en materia de hacienda, entre otras, la de aprobar
los modelos de declaración, autoliquidación y comunicación de datos; de solicitud de
devolución; así como los modelos de actas de inspección.
Así mismo, según el apartado h) de la citada disposición, le corresponde a la persona
titular de la Consejería competente en materia de hacienda aprobar cualquier otro modelo
normalizado de solicitud u otro medio previsto en la normativa tributaria para facilitar a las
personas obligadas la aportación de datos e informaciones requeridos o para simplificar
la tramitación del correspondiente procedimiento.
Mediante Orden de 20 de noviembre de 2018, por la que se delegan y se atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales,
a través del artículo 35 de la misma se delega en la persona titular de la Dirección
de la Agencia Tributaria de Andalucía, la competencia atribuida en el párrafo h) de la
disposición final primera del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba
el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, para la aprobación de modelos o
formularios normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria, para facilitar
a las personas obligadas la aportación de los datos e información requeridos o para
simplificar la tramitación del correspondiente procedimiento.
Con fecha 10 de junio de 2023, se publica en BOE la Orden HFP/583/2023, de 7 de junio,
por la que se eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en
las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos
cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas y, dentro del ámbito
de competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aprueba la Orden de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de 22 de junio de 2023.
Para dar cumplimiento a ambas órdenes se hace necesario modificar los modelos
normalizados para solicitar aplazamientos y fraccionamientos de deudas que fueron
establecidos mediante la Resolución de 4 de diciembre de 2018, de la Dirección de
la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se aprueban modelos o formularios
normalizados de solicitud previstos en la normativa tributaria para facilitar a las personas
obligadas la aportación de los datos e informaciones requeridos o para simplificar la
tramitación del correspondiente procedimiento y por la que se establece la posibilidad de
la presentación telemática de los mismos. Mediante esta resolución se modifica el literal
del texto donde se hace referencia al límite exento de la obligación de aportar garantías a
50.000 euros, para adecuar los modelos a lo establecido por las órdenes mencionadas.
Por todo lo anterior, y haciendo uso de las competencias que tengo conferidas,
Primero. Modificación del modelo 270.
Se modifica la denominación del título del Modelo 270 «Solicitud de aplazamiento o
fraccionamiento del pago de deudas de más de 50.000 euros» y se aprueba el formulario
que figura como Anexo 1 de esta resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286062
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