3. Otras disposiciones. . (2023/123-33)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se reconocen los centros «Comunidad de Aprendizaje», Convocatoria 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023

página 11067/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se reconocen los
centros «Comunidad de Aprendizaje», Convocatoria 2023.
La Orden de 8 de junio de 2012, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 126, de 28 de
junio), regula el procedimiento de inscripción y continuidad de centros reconocidos como
«Comunidad de Aprendizaje», así como la creación de la Red Andaluza «Comunidades
de Aprendizaje».
Reunida la Comisión de Valoración establecida en el artículo 8, en aplicación de
los criterios establecidos en el artículo 6 de la citada orden, según consta en el acta de
reunión celebrada el 31 de mayo de 2023, se emitió la Resolución provisional de 6 de
junio de 2023, publicada en la web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional el día 7 de junio de 2023.
Habiendo sido revisadas las alegaciones presentadas a la misma, esta Dirección
General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por delegación
del Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESU ELV E
Primero. Aprobar la relación de centros que obtienen la continuidad como «Comunidad
de Aprendizaje» que se indica en el Anexo I.
Segundo. Aprobar la relación de centros que obtienen el reconocimiento como
«Comunidad de Aprendizaje» que se indica en el Anexo II.
Tercero. Desestimar el centro que solicita la continuidad como «Comunidad de
Aprendizaje» que se indica en el Anexo III.
Cuatro. Desestimar la relación de centros que solicitan el reconocimiento como
«Comunidad de Aprendizaje» que se indica en el Anexo IV.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de un mes, recurso de alzada a contar desde el día siguiente a su publicación,
ante la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de conformidad con
lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

00286083

Sevilla, 22 de junio de 2023.- La Directora General, Almudena García Rosado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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