3. Otras disposiciones. . (2023/122-43)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, por la que se dicta la propuesta provisional de resolución de la convocatoria para acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación o modificación de los mismos, con centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a partir del curso académico 2023/24.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Miércoles, 28 de junio de 2023

página 10970/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación,
Centros y Enseñanza Concertada, por la que se dicta la propuesta provisional
de resolución de la convocatoria para acogerse al régimen de conciertos
educativos o la renovación o modificación de los mismos, con centros docentes
privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a partir del curso académico
2023/24.

En virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 154/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, vistas las evaluaciones de las Comisiones Provinciales de
Conciertos Educativos y los informes de las Delegaciones Territoriales de esta Consejería,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285993

La Orden de 16 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 244, de 21 de diciembre de 2020),
estableció las normas que rigen las convocatorias para acogerse al régimen de conciertos
educativos en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Especial, Educación
Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, desde el año académico
2021/22 hasta el año académico 2024/25. Asimismo, la Orden de 2 de diciembre
de 2022 (BOJA núm. 241, de 19 de diciembre de 2022), estableció las normas de
las convocatorias para acogerse al régimen de conciertos educativos en la enseñanza
de Educación Primaria, desde el curso académico 2023/24 hasta el curso académico
2028/29, remitiendo, en cuanto al procedimiento, a la citada Orden de 16 de diciembre
de 2020.
Los centros que se relacionan en los anexos de esta propuesta provisional de
resolución han presentado solicitud para suscribir o modificar concierto educativo en
las etapas o niveles mencionados. Tras comprobar si reúnen los requisitos necesarios
para concertar, se ha procedido al examen y evaluación de dichas solicitudes y de la
documentación que las acompaña, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14,
19 y 20 de la Orden de 16 de diciembre de 2020.
Por su parte, el artículo 20.2 de la Orden de 16 de diciembre de 2020, modificado
por la disposición final primera de la Orden de 2 de diciembre de 2022, establece que la
Dirección General competente en materia de gestión de conciertos educativos, una vez
realizado el estudio a que se refiere el apartado 1 de dicho artículo y teniendo en cuenta
las disponibilidades presupuestarias, elaborará la propuesta provisional de resolución
de la convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En
el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, los
interesados podrán, a través de la dirección electrónica
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual
consultar el expediente y presentar telemáticamente las alegaciones, los documentos y
justificaciones que estimen pertinentes, dirigidos a la Delegación territorial competente
en materia de educación correspondiente a la provincia donde radique el centro docente
participante en la convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
En la elaboración de la propuesta provisional de resolución de la convocatoria se
han tenido en cuenta los criterios generales y específicos de concertación para cada
enseñanza, establecidos en los artículos 7 a 10 de la Orden de 16 de diciembre de 2020
y artículo 6 de la Orden de 2 de diciembre de 2022.