Disposiciones generales. . (2023/122-6)
Orden de 22 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 122 - Miércoles, 28 de junio de 2023

página 11013/26

ANEXO III
Definiciones
A los efectos de la presente Orden, se entenderá por:
1. «Activos materiales»: activos consistentes en terrenos, naves, construcciones e
instalaciones o equipos.
2. «Carácter irreversible de la inversión»: cualidad que se presenta cuando se han iniciado
los trabajos de construcción en la inversión o bien cuando se ha producido cualquier
compromiso en firme para el pedido de equipos u otro compromiso que evidencie la
decisión de acometer la inversión.
3. «Equivalente a Tiempo Completo (ETC)»: total de horas trabajadas dividido por la media
anual de horas trabajadas en puestos de trabajo a tiempo completo en el territorio
económico. Dicha variable comprende los puestos de trabajo a tiempo completo de los
asalariados y de los trabajadores autónomos.
4. «Establecimiento»: Lugar situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía donde se lleva o llevará a cabo la actividad industrial o servindustrial objeto de
las inversiones o gastos incentivadas.
5. «Puestos de trabajo creados directamente por la inversión»: puestos de trabajo
relacionados con la actividad a la que se destina la inversión, incluidos los puestos creados
como consecuencia de un aumento de la tasa de utilización de la capacidad originado por
la inversión.
6. «Única empresa»: incluye todas las sociedades que tengan al menos uno de los siguientes
vínculos entre sí:
a) una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra
empresa;
b) una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano
de administración, dirección o control de otra sociedad;

d) una empresa, accionista o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo
celebrado con otros accionistas o socios de la segunda, la mayoría de los derechos de voto
de sus accionistas.
Las empresas que mantengan cualquiera de las relaciones contempladas en las letras a) a
d) del párrafo primero a través de otra u otras empresas también se considerarán una única
empresa.

7. «Reforma o acondicionamiento»: realización de obra menor (tabiquería, enlucido,
pintura, alicatado, solado, etc.) sin afectación a la estructura (cimentación, pilares y
forjados), en cuyo caso se considerará rehabilitación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
FIRMADO POR
VERIFICACIÓN

JORGE ANGEL PARADELA GUTIERREZ
Pk2jm4VMF9E8LHGDQ88M8ZCP5WPM4R

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22/06/2023

PÁGINA 28/29

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Es copia
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00286036

c) una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de
un contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria de la segunda empresa;