3. Otras disposiciones. . (2023/121-53)
Orden de 20 de junio de 2023, por la que se aprueba el logotipo del distintivo Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Martes, 27 de junio de 2023
página 10867/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 20 de junio de 2023, por la que se aprueba el logotipo del distintivo
Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad.
El Decreto 1/2022, de 11 de enero, que creó la «Marca Andaluza de Excelencia
en Igualdad» y estableció los criterios para su obtención, control de la ejecución y
renovación, en desarrollo del artículo 35 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género en Andalucía, prescribe el establecimiento de
un reconocimiento para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la igualdad
entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas empresariales
que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de los recursos
humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres.
Este decreto, en su disposición final primera, autoriza a la persona titular de la
Consejería competente en materia de igualdad a aprobar mediante orden el logotipo
del distintivo «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» que reconoce la Junta de
Andalucía, a propuesta de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, así como a
concretar el medio por el cual las empresas podrán acreditar la obtención del distintivo a
los efectos previstos en el artículo 12.1.a).
En su virtud, dispongo:
Primero. La «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» se representará mediante
el logotipo que figura en el anexo a esta orden.
Tercero. El uso del reconocimiento en el tráfico comercial de la empresa, en actos
corporativos de imagen y, en general, su uso con fines publicitarios, se regirá por lo
dispuesto en el artículo 13 del Decreto 1/2022, de 11 de enero, en virtud del cual quedará
sujeto a las siguientes obligaciones:
a) Se deberá reproducir con exactitud el logotipo original, en los colores y tipo de letra
que figuran en el anexo.
b) En todo caso, el uso del reconocimiento deberá ir asociado al nombre de la
empresa distinguida con indicación del año de la concesión.
c) El uso del distintivo estará sujeto al cumplimiento de las obligaciones contenidas
en el Decreto 1/2022, de 11 de enero, así como a los límites temporales previstos en su
capítulo II, relativos a la vigencia, renovación y finalización.
d) La empresa a la que se le haya concedido el reconocimiento no podrá hacer uso
del mismo desde el momento en que su periodo de validez expire.
e) El uso del distintivo estará sujeto a la plena observancia de la normativa aplicable,
en particular, en materia de publicidad.
f) Sobre el uso que se haya hecho del distintivo, se remitirá al Instituto Andaluz de la
Mujer una memoria anual que se incluirá en el Informe anual de seguimiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285890
Segundo. A los efectos previstos en el artículo 12.1.a) del Decreto 1/2022, de 11 de
enero, por el que se crea la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecen
los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación, el reconocimiento del
distintivo se acreditará con una certificación que será entregada en un acto público a las
entidades que lo hayan obtenido.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Martes, 27 de junio de 2023
página 10867/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 20 de junio de 2023, por la que se aprueba el logotipo del distintivo
Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad.
El Decreto 1/2022, de 11 de enero, que creó la «Marca Andaluza de Excelencia
en Igualdad» y estableció los criterios para su obtención, control de la ejecución y
renovación, en desarrollo del artículo 35 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género en Andalucía, prescribe el establecimiento de
un reconocimiento para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la igualdad
entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas empresariales
que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de los recursos
humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres.
Este decreto, en su disposición final primera, autoriza a la persona titular de la
Consejería competente en materia de igualdad a aprobar mediante orden el logotipo
del distintivo «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» que reconoce la Junta de
Andalucía, a propuesta de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, así como a
concretar el medio por el cual las empresas podrán acreditar la obtención del distintivo a
los efectos previstos en el artículo 12.1.a).
En su virtud, dispongo:
Primero. La «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» se representará mediante
el logotipo que figura en el anexo a esta orden.
Tercero. El uso del reconocimiento en el tráfico comercial de la empresa, en actos
corporativos de imagen y, en general, su uso con fines publicitarios, se regirá por lo
dispuesto en el artículo 13 del Decreto 1/2022, de 11 de enero, en virtud del cual quedará
sujeto a las siguientes obligaciones:
a) Se deberá reproducir con exactitud el logotipo original, en los colores y tipo de letra
que figuran en el anexo.
b) En todo caso, el uso del reconocimiento deberá ir asociado al nombre de la
empresa distinguida con indicación del año de la concesión.
c) El uso del distintivo estará sujeto al cumplimiento de las obligaciones contenidas
en el Decreto 1/2022, de 11 de enero, así como a los límites temporales previstos en su
capítulo II, relativos a la vigencia, renovación y finalización.
d) La empresa a la que se le haya concedido el reconocimiento no podrá hacer uso
del mismo desde el momento en que su periodo de validez expire.
e) El uso del distintivo estará sujeto a la plena observancia de la normativa aplicable,
en particular, en materia de publicidad.
f) Sobre el uso que se haya hecho del distintivo, se remitirá al Instituto Andaluz de la
Mujer una memoria anual que se incluirá en el Informe anual de seguimiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285890
Segundo. A los efectos previstos en el artículo 12.1.a) del Decreto 1/2022, de 11 de
enero, por el que se crea la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecen
los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación, el reconocimiento del
distintivo se acreditará con una certificación que será entregada en un acto público a las
entidades que lo hayan obtenido.