Disposiciones generales. . (2023/120-3)
Extracto de la Resolución de 19 de junio de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones previstas en la Orden de 19 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 120 - Lunes, 26 de junio de 2023

página 10817/2

4. La realización de actuaciones de inversión que promuevan e incentiven la actividad
económica y la generación de empleo en la entidad local o cualesquiera actividades que
contribuyan a la consolidación de cualquier sector económico estratégico local para el
desarrollo sostenible del territorio correspondiente, aprovechando la potencialidad de sus
variables endógenas.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a entidades locales en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la
adquisición de equipamiento y a la realización de actuaciones en edificios, edificaciones e
instalaciones de titularidad pública, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal,
aprobadas por la Orden de 19 de abril de 2021 (BOJA núm. 78, de 27 de abril).
Quinto. Cuantías.
Esta línea de subvenciones está dotada con la cuantía máxima que se indica a
continuación para el siguiente crédito presupuestario:
2100.01.00.00 G/81A/76500/00 Proyecto de inversión 2006001842
2.575.000,00 €
Se fija como importe máximo a conceder a cada entidad local la cantidad de 30.000
euros, con los demás requisitos concretos establecidos en las bases reguladoras.
La cuantía total máxima destinada a financiar esta subvención figura distribuida entre
los distintos ámbitos territoriales establecidos en la Orden de 19 de abril de 2021 de
acuerdo con el siguiente criterio de reparto:
PROVINCIAS

CRÉDITO ASIGNADO

ALMERÍA

338.907,73

CÁDIZ

139.755,77

CÓRDOBA

258.548,17

GRANADA

600.949,79

HUELVA

258.548,17

JAÉN

349.389,42

MÁLAGA

310.956,58

SEVILLA

317.944,37

TOTAL

2.575.000,00

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
presente resolución, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285840

Esta cuantía será la cantidad total máxima prevista para esta convocatoria; no
obstante, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, tras la resolución de concesión, los sobrantes de
los créditos estimados en alguno de los ámbitos territoriales, podrán posiblitar que se
dicte resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes,
respetando su orden de evaluación, de ámbitos territoriales que, aún cumpliendo todos los
requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos
ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.