3. Otras disposiciones. . (2023/118-49)
Resolución de 16 de junio de 2023, de la Viceconsejería, por la que se aprueba la encomienda de gestión a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (AOPJA), de conformidad con el artículo 105 de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía, para el seguimiento y evaluación del Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía 2030 (PITMA 2030).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023

página 10688/2

realización de dichas tareas durante el marco temporal del mismo, así como en atención
a los hitos de evaluación y seguimiento establecidos para el Plan.
En base a lo anterior, se considera oportuno que, por razones de eficacia, especialidad
y operatividad, sea la AOPJA la que realice las tareas técnicas y materiales vinculadas al
seguimiento y evaluación del citado Plan.
A tenor de lo dispuesto en el apartado 3 del citado artículo 105 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, la encomienda a agencias dependientes de una Consejería será autorizada
por la persona titular de la misma. No obstante, de conformidad con el art. 11. 2 de la
Orden de 10 de noviembre de 2021 por la que se delegan competencias en órganos
directivos de la Consejería y se determina la composición de las mesas de contratación,
las comisiones técnicas y las oficinas de supervisión de proyectos, la competencia para
aprobar las encomiendas reguladas en el art. 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, se
encuentra delegada en los órganos directivos centrales de la Consejería, en el ámbito de
sus respectivas competencias, por lo que
SE RESUELVE
Primero. Objeto y actividades.
Autorizar encomendar a la Agencia de Obra Publica de la Junta de Andalucía,
de conformidad con el art. 105 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el art. 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, la realización de tareas técnicas y materiales vinculada al
seguimiento y evaluación del PITMA 2030.
La presente encomienda comprenderá la realización de actividades y tareas de
carácter material y técnicas dirigidas al desarrollo de los siguientes cometidos:
• Implementación de procedimientos para la evaluación y seguimiento del Plan,
incluyendo el seguimiento ambiental del mismo.
• Programación de propuestas, estrategias y alternativas en relación con el
seguimiento.
• Evaluación y revisión del Plan.
• Recopilación, mantenimiento y explotación de la información que constituye el
sistema de seguimiento y evaluación.
• Apoyo a la oficina técnica de seguimiento del plan en todo aquello que sea necesario.

Tercero. Mecanismo de control y seguimiento de la actividad encomendada.
Por la Viceconsejería se nombrará una persona Directora de Actuaciones quien
tendrá asignadas funciones de inspección general de la encomienda, coordinación entre
las distintas instancias interesadas, así como la evaluación y control del cumplimiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285711

Segundo. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La naturaleza de la encomienda tiene carácter administrativo y se desarrollara con
medios materiales y técnicos propios de la Agencia de Obra Publica de la Junta de
Andalucía , lo que supone un presupuesto de cero euros, según consta en la memoria
justificativa y el acuerdo por el que se ordena el inicio de este expediente.
No supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos
de su ejercicio correspondientes a la Consejería de Fomento Articulación del Territorio y
Vivienda, siendo responsabilidad de esta última dictar cuantos actos o resoluciones de
carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto
de la encomienda.
La persona titular de la Viceconsejería estará facultada para dictar cuantas
instrucciones sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de las actividades
objeto de la presente encomienda de gestión, así como la introducción de cualquier otro
instrumento de control y evaluación que se considere adecuado.