Disposiciones generales. . (2023/118-5)
Orden de 12 de junio de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura, por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción de harina de pescado, pienso, oxígeno, envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico, debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la orden que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10722/2
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, las
ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la
acuicultura, por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del
incremento de los costes de producción de harina de pescado, pienso, oxígeno, envases y
embalajes de plástico y consumo eléctrico, debido a la perturbación del mercado causada
por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la Orden de 24 de abril
de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los
operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización
de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan
incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de
Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca
y la acuicultura, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos
presupuestarios que asimismo se indican:
Ayudas por los costes adicionales derivados del
incremento de los costes de producción de harina de
pescado, pienso, oxígeno, envases y embalajes de
plástico y consumo eléctrico en el sector de la acuicultura
TOTAL DISPONIBLE 2023
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
1400120000/G/71P/47300/00/G1353513G6
2.500.000,00
2.500.000,00
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 2.500.000,00 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía.
Estos créditos están cofinanciados en un 75% con fondos procedentes del FEMP y el
otro 25% con fondos procedentes de la Junta de Andalucía.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención, incorporando en
esta resolución a los solicitantes que, aún cumpliendo todos los requisitos necesarios
para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición
por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el
artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de
la Administración de la Junta de Andalucía.
3. Los periodos de referencia subvencionables son los siguientes:
a) Del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2022 para los costes adicionales derivados
de los costes de producción por envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico.
b) Del 1 de julio al 31 de diciembre de 2022 para los costes adicionales derivados de
los costes de producción por harinas de pescado, piensos y oxígeno.
4. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25244, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25244.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285745
Línea de ayuda
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10722/2
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, las
ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la
acuicultura, por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del
incremento de los costes de producción de harina de pescado, pienso, oxígeno, envases y
embalajes de plástico y consumo eléctrico, debido a la perturbación del mercado causada
por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la Orden de 24 de abril
de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los
operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización
de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan
incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de
Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca
y la acuicultura, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos
presupuestarios que asimismo se indican:
Ayudas por los costes adicionales derivados del
incremento de los costes de producción de harina de
pescado, pienso, oxígeno, envases y embalajes de
plástico y consumo eléctrico en el sector de la acuicultura
TOTAL DISPONIBLE 2023
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
1400120000/G/71P/47300/00/G1353513G6
2.500.000,00
2.500.000,00
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 2.500.000,00 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía.
Estos créditos están cofinanciados en un 75% con fondos procedentes del FEMP y el
otro 25% con fondos procedentes de la Junta de Andalucía.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención, incorporando en
esta resolución a los solicitantes que, aún cumpliendo todos los requisitos necesarios
para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición
por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el
artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de
la Administración de la Junta de Andalucía.
3. Los periodos de referencia subvencionables son los siguientes:
a) Del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2022 para los costes adicionales derivados
de los costes de producción por envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico.
b) Del 1 de julio al 31 de diciembre de 2022 para los costes adicionales derivados de
los costes de producción por harinas de pescado, piensos y oxígeno.
4. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25244, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25244.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285745
Línea de ayuda