Disposiciones generales. . (2023/118-8)
Extracto de la Orden de 12 de junio de 2023, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura, por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción de harina de pescado, pienso, oxígeno, envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico, debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la orden que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10723/2
instalaciones, establecimientos o explotaciones en Andalucía a fecha de presentación de
la solicitud de ayuda. Las referidas instalaciones, establecimientos o explotaciones deben
estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) durante el
periodo de referencia subvencionable.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas destinadas a compensar económicamente
a los operadores del sector de la acuicultura, por los costes adicionales en que hayan
incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción de harina de
pescado, pienso, oxígeno, envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico, debido a
la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 24 de abril de 2023, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores
del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los
productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido
debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia
contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y
la acuicultura, publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 11 de mayo de
2023, núm. 88.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria se expone en el cuadro que se recoge en el apartado
primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios
de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25244.html
00285746
Sevilla, 12 de junio de 2023.- El Viceconsejero, P.D. de firma de la Consejera (Orden de
21.11.2022), Vicente Pérez García de Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Jueves, 22 de junio de 2023
página 10723/2
instalaciones, establecimientos o explotaciones en Andalucía a fecha de presentación de
la solicitud de ayuda. Las referidas instalaciones, establecimientos o explotaciones deben
estar inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) durante el
periodo de referencia subvencionable.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas destinadas a compensar económicamente
a los operadores del sector de la acuicultura, por los costes adicionales en que hayan
incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción de harina de
pescado, pienso, oxígeno, envases y embalajes de plástico y consumo eléctrico, debido a
la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 24 de abril de 2023, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores
del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los
productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido
debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia
contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y
la acuicultura, publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 11 de mayo de
2023, núm. 88.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria se expone en el cuadro que se recoge en el apartado
primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios
de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25244.html
00285746
Sevilla, 12 de junio de 2023.- El Viceconsejero, P.D. de firma de la Consejera (Orden de
21.11.2022), Vicente Pérez García de Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja