3. Otras disposiciones. . (2023/117-33)
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba y da publicidad a los formularios de constitución, funcionamiento y disolución de las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Miércoles, 21 de junio de 2023
página 10583/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se aprueba y da publicidad a los formularios de
constitución, funcionamiento y disolución de las Cofradías de Pescadores y sus
Federaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Decreto 86/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16.3.2004), sobre Cofradías de
Pescadores y sus Federaciones, tiene por objeto regular el régimen de constitución,
funcionamiento y disolución de las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Capítulo II del
Título VI de la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca
Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
En la Orden de 28 de diciembre de 2004, del Consejero de Agricultura y Pesca, se
desarrolla la normativa establecida en el Decreto 86/2004, de 2 de marzo, sobre Cofradías
de Pescadores y sus Federaciones, en lo que se refiere a la configuración y funciones de
las Cofradías, la constitución de sus órganos rectores, la regulación de las Federaciones
de Cofradías y el régimen de funcionamiento y ubicación del Registro de Cofradías.
Según lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas
jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las
Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento
administrativo.
El artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ordena que cuando la
Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos
específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los
interesados.
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en
el artículo 6.3.f) de que entre otros es un criterio de reducción de cargas y simplificación
documental: La normalización documental, fundamentalmente de los formularios de
solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de
análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los
datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando
sea posible, su precumplimentación.
Se hace necesario la normalización de formularios de obligado cumplimiento, de
creación, inscripción registral, funcionamiento, disolución y comunicaciones de las
Cofradías de Pescadores y sus Federaciones.
Por lo expuesto, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la
legislación vigente,
Primero. Aprobación de los formularios.
1. Aprobar y dar publicidad a los modelos normalizados (Código de Procedimiento
24831 del Registro de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía) que se
adjuntan a la presente resolución:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285606
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Miércoles, 21 de junio de 2023
página 10583/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se aprueba y da publicidad a los formularios de
constitución, funcionamiento y disolución de las Cofradías de Pescadores y sus
Federaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Decreto 86/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16.3.2004), sobre Cofradías de
Pescadores y sus Federaciones, tiene por objeto regular el régimen de constitución,
funcionamiento y disolución de las Cofradías de Pescadores y sus Federaciones en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Capítulo II del
Título VI de la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca
Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
En la Orden de 28 de diciembre de 2004, del Consejero de Agricultura y Pesca, se
desarrolla la normativa establecida en el Decreto 86/2004, de 2 de marzo, sobre Cofradías
de Pescadores y sus Federaciones, en lo que se refiere a la configuración y funciones de
las Cofradías, la constitución de sus órganos rectores, la regulación de las Federaciones
de Cofradías y el régimen de funcionamiento y ubicación del Registro de Cofradías.
Según lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas
jurídicas estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las
Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento
administrativo.
El artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ordena que cuando la
Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos
específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los
interesados.
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en
el artículo 6.3.f) de que entre otros es un criterio de reducción de cargas y simplificación
documental: La normalización documental, fundamentalmente de los formularios de
solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de
análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los
datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando
sea posible, su precumplimentación.
Se hace necesario la normalización de formularios de obligado cumplimiento, de
creación, inscripción registral, funcionamiento, disolución y comunicaciones de las
Cofradías de Pescadores y sus Federaciones.
Por lo expuesto, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la
legislación vigente,
Primero. Aprobación de los formularios.
1. Aprobar y dar publicidad a los modelos normalizados (Código de Procedimiento
24831 del Registro de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía) que se
adjuntan a la presente resolución:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285606
RESU ELVO