Disposiciones generales. . (2023/117-2)
Extracto de 14 de junio de 2023, de la Resolución de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Miércoles, 21 de junio de 2023
página 10587/2
Quinto. Importe.
1. Para el ejercicio 2023, la financiación de estas subvenciones se realizará con
cargo a los créditos consignados en las posiciones presupuestarias 1832020000
G/32F/48500/00 01 y 1832010000 G/32F/48501/00 01 del programa presupuestario
de gastos del Instituto Andaluz de la Juventud, por la cuantías totales máximas de
175.867,40 € y 78.040,63 €, respectivamente.
La cantidad de 175.867,40 € se distribuye por cada uno de los ocho ámbitos
territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen (la provincia y la
Comunidad Autónoma Andaluza), todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3,
párrafo segundo, de la Orden de 6 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria
del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la
Junta de Andalucía, y sus agencias administrativas y de régimen especial. Según
lo anterior, le correspondería una cuantía máxima de 21.983,42 € a las provincias de
Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla; y una cuantía máxima de
21.983,46 € a la provincia de Granada.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos, a los que se refiere la Orden de la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 25 de junio de 2021, anteriormente citada,
figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener
en la siguiente URL: https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven, en el Portal de la
Administración de la Junta de Andalucía, así como en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro de la sede central del Instituto Andaluz de la Juventud y de sus
Direcciones Provinciales.
00285614
Sevilla, 14 de junio de 2023.- El Director General del Instituto Andaluz de la Juventud,
Carlos Manuel Corrales Cuevas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Miércoles, 21 de junio de 2023
página 10587/2
Quinto. Importe.
1. Para el ejercicio 2023, la financiación de estas subvenciones se realizará con
cargo a los créditos consignados en las posiciones presupuestarias 1832020000
G/32F/48500/00 01 y 1832010000 G/32F/48501/00 01 del programa presupuestario
de gastos del Instituto Andaluz de la Juventud, por la cuantías totales máximas de
175.867,40 € y 78.040,63 €, respectivamente.
La cantidad de 175.867,40 € se distribuye por cada uno de los ocho ámbitos
territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen (la provincia y la
Comunidad Autónoma Andaluza), todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3,
párrafo segundo, de la Orden de 6 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria
del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la
Junta de Andalucía, y sus agencias administrativas y de régimen especial. Según
lo anterior, le correspondería una cuantía máxima de 21.983,42 € a las provincias de
Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla; y una cuantía máxima de
21.983,46 € a la provincia de Granada.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentos, a los que se refiere la Orden de la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 25 de junio de 2021, anteriormente citada,
figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener
en la siguiente URL: https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven, en el Portal de la
Administración de la Junta de Andalucía, así como en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro de la sede central del Instituto Andaluz de la Juventud y de sus
Direcciones Provinciales.
00285614
Sevilla, 14 de junio de 2023.- El Director General del Instituto Andaluz de la Juventud,
Carlos Manuel Corrales Cuevas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja