3. Otras disposiciones. . (2023/116-20)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) por el que se concede una subvención de carácter excepcional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10522/11
La demora en caso de reintegro íntegro/parcial de los fondos recibidos por parte
de SEO/BirdLife, respecto a las cantidades aportadas por la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, será objeto de aplicación
del interés legal del dinero incrementado en lo que marque las Bases de Ejecución
del Presupuesto de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la
Junta de Andalucía, salvo que establezca otra cosa la Ley de Presupuestos Generales
del Estado. Las cantidades a reintegrar, para el caso de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, tendrán la consideración de
ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en
la Ley General Presupuestaria. El procedimiento para la exigencia de reintegro de las
cantidades no devueltas de forma voluntaria tendrá carácter administrativo.
El procedimiento de reintegro se sustanciará de acuerdo a lo establecido en los
artículos 41 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Decimocuarta. Régimen sancionador.
Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudieran ser cometidas por
SEO Bird/Life se graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Título IV de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 129 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Decimosexta. Duración y vigencia.
El presente convenio entrará en vigor tras su firma y terminará cuatro años después
de la misma, pudiendo ser prorrogado hasta un máximo de 4 años adicionales, de forma
expresa y por escrito. La formalización de la prórroga habrá de realizarse antes de la
fecha de vencimiento del convenio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, el Convenio y sus eventuales adendas o prórrogas
serán objeto de publicación en el portal web de la Junta de Andalucía.
Sin perjuicio de la duración del presente convenio, serán tenidos en cuenta, de
conformidad a lo establecido en el mismo, los posibles incumplimientos que se detecten
tras el fin de su periodo de vigencia, derivados del correspondiente control que pueda
realizar la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente o la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. La citada Agencia podrá iniciar
controles, auditorías o evaluaciones durante la ejecución del Proyecto y en un período de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285550
Decimoquinta. Modificación y resolución.
El incumplimiento por parte de SEO/BirdLife de las obligaciones establecidas en el
presente Convenio o en el Acuerdo de Subvención de SEO/BirdLife con la Comisión
Europea en el desarrollo del presente Proyecto LIFE, facultará a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para optar entre exigir el cumplimiento o la
resolución del mismo, con devolución íntegra de las cantidades aportadas, resarcimiento
de daños y perjuicios y abono de los intereses generados desde la entrega de la
aportación dineraria.
Aparte de lo anterior, el presente convenio podrá resolverse por el mutuo acuerdo de
las partes intervinientes y por cualquier otra causa que le sea aplicable de acuerdo con la
legislación vigente.
SEO/BirdLife y la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural podrán
modificar de mutuo acuerdo y por escrito el presente Convenio, de conformidad con los
procedimientos que exija la normativa vigente. Asimismo, si se demuestra que alguna
de las cláusulas del presente Convenio es incompatible o contraria al Acuerdo, se
comprometen a negociar una cláusula que reemplace la anterior y que cumpla idéntica
función, pero siempre compatible con la legislación nacional vigente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10522/11
La demora en caso de reintegro íntegro/parcial de los fondos recibidos por parte
de SEO/BirdLife, respecto a las cantidades aportadas por la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, será objeto de aplicación
del interés legal del dinero incrementado en lo que marque las Bases de Ejecución
del Presupuesto de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la
Junta de Andalucía, salvo que establezca otra cosa la Ley de Presupuestos Generales
del Estado. Las cantidades a reintegrar, para el caso de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, tendrán la consideración de
ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en
la Ley General Presupuestaria. El procedimiento para la exigencia de reintegro de las
cantidades no devueltas de forma voluntaria tendrá carácter administrativo.
El procedimiento de reintegro se sustanciará de acuerdo a lo establecido en los
artículos 41 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Decimocuarta. Régimen sancionador.
Las posibles infracciones en materia de subvenciones que pudieran ser cometidas por
SEO Bird/Life se graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el Título IV de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 129 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Decimosexta. Duración y vigencia.
El presente convenio entrará en vigor tras su firma y terminará cuatro años después
de la misma, pudiendo ser prorrogado hasta un máximo de 4 años adicionales, de forma
expresa y por escrito. La formalización de la prórroga habrá de realizarse antes de la
fecha de vencimiento del convenio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
Transparencia Pública de Andalucía, el Convenio y sus eventuales adendas o prórrogas
serán objeto de publicación en el portal web de la Junta de Andalucía.
Sin perjuicio de la duración del presente convenio, serán tenidos en cuenta, de
conformidad a lo establecido en el mismo, los posibles incumplimientos que se detecten
tras el fin de su periodo de vigencia, derivados del correspondiente control que pueda
realizar la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente o la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. La citada Agencia podrá iniciar
controles, auditorías o evaluaciones durante la ejecución del Proyecto y en un período de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285550
Decimoquinta. Modificación y resolución.
El incumplimiento por parte de SEO/BirdLife de las obligaciones establecidas en el
presente Convenio o en el Acuerdo de Subvención de SEO/BirdLife con la Comisión
Europea en el desarrollo del presente Proyecto LIFE, facultará a la Consejería de
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para optar entre exigir el cumplimiento o la
resolución del mismo, con devolución íntegra de las cantidades aportadas, resarcimiento
de daños y perjuicios y abono de los intereses generados desde la entrega de la
aportación dineraria.
Aparte de lo anterior, el presente convenio podrá resolverse por el mutuo acuerdo de
las partes intervinientes y por cualquier otra causa que le sea aplicable de acuerdo con la
legislación vigente.
SEO/BirdLife y la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural podrán
modificar de mutuo acuerdo y por escrito el presente Convenio, de conformidad con los
procedimientos que exija la normativa vigente. Asimismo, si se demuestra que alguna
de las cláusulas del presente Convenio es incompatible o contraria al Acuerdo, se
comprometen a negociar una cláusula que reemplace la anterior y que cumpla idéntica
función, pero siempre compatible con la legislación nacional vigente.