3. Otras disposiciones. . (2023/116-20)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) por el que se concede una subvención de carácter excepcional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10522/5
SEO/BirdLife, con la finalidad de cofinanciar el Proyecto «LIFE Olivares Vivos + Increasing
the impact of Olivares Vivos in the EU», ya que los objetivos de este proyecto constituyen
una importante contribución a la integración del medio ambiente y la biodiversidad en las
políticas agrícolas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, el presente Convenio tiene
carácter de base reguladora para la concesión de la citada subvención.
Esta subvención será compatible únicamente con las aportaciones realizadas por los
restantes financiadores del Proyecto LIFE Olivares Vivos +, de acuerdo con lo dispuesto
en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el artículo 122 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía.
Segunda. Actuaciones.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural contribuirá a la
financiación de acciones preparatorias, acciones de comunicación y divulgación, y
acciones de gestión del proyecto, las cuales se relacionan a continuación:
• A1. Diseño del Plan de Comunicación.
• A2. Selección de los olivares formativos y demostrativos en zonas particularmente
sensibles al cambio climático.
• E2. Difusión de los resultados del proyecto en el sector olivarero, en congresos y
publicaciones científicas.
• F1. Gestión del proyecto.
Cuarta. Obligaciones de SEO/BirdLife.
Como beneficiaria de la subvención excepcional, SEO/BirdLife ha de cumplir las
obligaciones establecidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y en los artículos 116 y 119.2.h) del Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, según se establece en el artículo 34.2.b) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de
la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Adicionalmente, SEO/BirdLife ha de cumplir las obligaciones establecidas a
continuación:
SEO/BirdLife, como coordinador del proyecto, acepta todas las disposiciones del
Acuerdo con la Agencia/Comisión. Este acuerdo establece que, como coordinador del
Proyecto, debe monitorizar su implementación, para asegurarse de su ejecución de
conformidad con los términos del Acuerdo.
SEO/BirdLife informará a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural de la Junta de Andalucía acerca de los eventos relacionados con el proyecto.
SEO/BirdLife justificará la subvención ante la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía con arreglo a lo estipulado en la cláusula
octava.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285550
Tercera. Obligaciones de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha de cumplir el
compromiso de cofinanciación suscrito, concediendo la subvención excepcional objeto
de este convenio y realizando los pagos correspondientes según lo establecido en la
cláusula sexta.
La Consejería solo contribuirá financieramente al proyecto, no intervendrá
directamente en su ejecución técnica y no se beneficiará de la financiación de la Unión
Europea.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10522/5
SEO/BirdLife, con la finalidad de cofinanciar el Proyecto «LIFE Olivares Vivos + Increasing
the impact of Olivares Vivos in the EU», ya que los objetivos de este proyecto constituyen
una importante contribución a la integración del medio ambiente y la biodiversidad en las
políticas agrícolas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, el presente Convenio tiene
carácter de base reguladora para la concesión de la citada subvención.
Esta subvención será compatible únicamente con las aportaciones realizadas por los
restantes financiadores del Proyecto LIFE Olivares Vivos +, de acuerdo con lo dispuesto
en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y el artículo 122 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía.
Segunda. Actuaciones.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural contribuirá a la
financiación de acciones preparatorias, acciones de comunicación y divulgación, y
acciones de gestión del proyecto, las cuales se relacionan a continuación:
• A1. Diseño del Plan de Comunicación.
• A2. Selección de los olivares formativos y demostrativos en zonas particularmente
sensibles al cambio climático.
• E2. Difusión de los resultados del proyecto en el sector olivarero, en congresos y
publicaciones científicas.
• F1. Gestión del proyecto.
Cuarta. Obligaciones de SEO/BirdLife.
Como beneficiaria de la subvención excepcional, SEO/BirdLife ha de cumplir las
obligaciones establecidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y en los artículos 116 y 119.2.h) del Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, según se establece en el artículo 34.2.b) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de
la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Adicionalmente, SEO/BirdLife ha de cumplir las obligaciones establecidas a
continuación:
SEO/BirdLife, como coordinador del proyecto, acepta todas las disposiciones del
Acuerdo con la Agencia/Comisión. Este acuerdo establece que, como coordinador del
Proyecto, debe monitorizar su implementación, para asegurarse de su ejecución de
conformidad con los términos del Acuerdo.
SEO/BirdLife informará a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural de la Junta de Andalucía acerca de los eventos relacionados con el proyecto.
SEO/BirdLife justificará la subvención ante la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía con arreglo a lo estipulado en la cláusula
octava.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285550
Tercera. Obligaciones de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha de cumplir el
compromiso de cofinanciación suscrito, concediendo la subvención excepcional objeto
de este convenio y realizando los pagos correspondientes según lo establecido en la
cláusula sexta.
La Consejería solo contribuirá financieramente al proyecto, no intervendrá
directamente en su ejecución técnica y no se beneficiará de la financiación de la Unión
Europea.