3. Otras disposiciones. . (2023/116-22)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales por la situación meteorológica para reducir y evitar riesgos sanitarios en las poblaciones de ungulados y daños en los ecosistemas y en la agricultura y ganadería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10527/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
El año hidrológico 2021/2022 finalizó con una precipitación de un 25% por ciento inferior
al valor medio. Desde el inicio del último año hidrológico hasta final de marzo de 2023
el valor medio de las precipitaciones acumuladas en España ha sido un 18% inferior al
promedio para el mismo periodo. A fecha de 3 de mayo de 2023 la reserva hidráulica
peninsular se situaba en un 49,6%, dato levemente inferior al del año anterior (50,6%) e
inferior a la media de los últimos cinco años (61,8%) y también a la de los últimos diez
años (68,7%).
En Andalucía, según informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir,
para esta cuenca en lo que respecta a la precipitación media anual, el valor acumulado
desde el inicio del año hidrológico (1 de octubre) hasta el 30 de abril es de 294 mm, lo
que se traduce en una disminución de la precipitación del 39% con respecto al valor
medio del mismo periodo de los 25 años anteriores (481 mm).
La persistencia de una situación caracterizada por la concurrencia prolongada de
una inusual escasez de precipitaciones y unas temperaturas anormalmente elevadas
define en la actualidad un escenario que amenaza la estabilidad del medio natural y de la
sostenibilidad de las poblaciones de ungulados silvestres, convirtiendo en indispensable
la urgente adopción de medidas excepcionales encaminadas a facilitar un reequilibrio de
la capacidad de carga del medio y de las poblaciones que se encuentran en el mismo y
del que deben subsistir.
La situación descrita tiene consecuencias perjudiciales para la sostenibilidad de la
vegetación y la ausencia de pastos y frutos, provocará por una parte el traslado de la
presión de herbivoría sobre los renuevos y rebrotes de árboles y arbustos o incluso sobre
las estructuras básicas de la flora de los montes y cuando esto no sea suficiente dicha
presión se derivará en daños a los cultivos y explotaciones agrarias y ganaderas.
Una situación de falta de agua y alimentos unido a un tamaño no adecuado de
las poblaciones puede traducirse, con una alta probabilidad, en un incremento de las
enfermedades entre los animales silvestres, transmisibles a la cabaña ganadera. Una alta
incidencia de enfermedades y debilidad general de los ejemplares puede producir a su
vez el desencadenamiento de crisis sanitarias que desemboquen en una alta mortandad.
Los excesos de densidad y la escasez de alimento pueden producir daños de difícil
restauración y dilatada persistencia en los hábitats de la Red Natura 2000, donde se
concentra la mayor densidad y distribución de las especies de caza mayor.
En este contexto, resulta de extraordinaria y urgente necesidad adoptar medidas
excepcionales y puntuales que garanticen la resiliencia y sostenibilidad de los hábitats
en el medio natural y de las poblaciones de ungulados silvestres, encaminadas a reducir
los números poblacionales y las densidades de los ungulados silvestres en una primera
fase, para a continuación poder aportar alimentación suplementaria que permita a las
poblaciones restantes poder subsistir hasta el otoño o invierno con la expectativa de
que en dicho periodo se restablezcan las condiciones normalizadas de precipitaciones y
temperaturas y con ello la disponibilidad de alimento natural en los hábitats.
En este sentido, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres, y
el Reglamento de Ordenación de la Caza aprobado por Decreto 126/2017, de 25 de julio,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285554
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Forestal
y Biodiversidad, por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales
por la situación meteorológica para reducir y evitar riesgos sanitarios en las
poblaciones de ungulados y daños en los ecosistemas y en la agricultura y
ganadería.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10527/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
El año hidrológico 2021/2022 finalizó con una precipitación de un 25% por ciento inferior
al valor medio. Desde el inicio del último año hidrológico hasta final de marzo de 2023
el valor medio de las precipitaciones acumuladas en España ha sido un 18% inferior al
promedio para el mismo periodo. A fecha de 3 de mayo de 2023 la reserva hidráulica
peninsular se situaba en un 49,6%, dato levemente inferior al del año anterior (50,6%) e
inferior a la media de los últimos cinco años (61,8%) y también a la de los últimos diez
años (68,7%).
En Andalucía, según informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir,
para esta cuenca en lo que respecta a la precipitación media anual, el valor acumulado
desde el inicio del año hidrológico (1 de octubre) hasta el 30 de abril es de 294 mm, lo
que se traduce en una disminución de la precipitación del 39% con respecto al valor
medio del mismo periodo de los 25 años anteriores (481 mm).
La persistencia de una situación caracterizada por la concurrencia prolongada de
una inusual escasez de precipitaciones y unas temperaturas anormalmente elevadas
define en la actualidad un escenario que amenaza la estabilidad del medio natural y de la
sostenibilidad de las poblaciones de ungulados silvestres, convirtiendo en indispensable
la urgente adopción de medidas excepcionales encaminadas a facilitar un reequilibrio de
la capacidad de carga del medio y de las poblaciones que se encuentran en el mismo y
del que deben subsistir.
La situación descrita tiene consecuencias perjudiciales para la sostenibilidad de la
vegetación y la ausencia de pastos y frutos, provocará por una parte el traslado de la
presión de herbivoría sobre los renuevos y rebrotes de árboles y arbustos o incluso sobre
las estructuras básicas de la flora de los montes y cuando esto no sea suficiente dicha
presión se derivará en daños a los cultivos y explotaciones agrarias y ganaderas.
Una situación de falta de agua y alimentos unido a un tamaño no adecuado de
las poblaciones puede traducirse, con una alta probabilidad, en un incremento de las
enfermedades entre los animales silvestres, transmisibles a la cabaña ganadera. Una alta
incidencia de enfermedades y debilidad general de los ejemplares puede producir a su
vez el desencadenamiento de crisis sanitarias que desemboquen en una alta mortandad.
Los excesos de densidad y la escasez de alimento pueden producir daños de difícil
restauración y dilatada persistencia en los hábitats de la Red Natura 2000, donde se
concentra la mayor densidad y distribución de las especies de caza mayor.
En este contexto, resulta de extraordinaria y urgente necesidad adoptar medidas
excepcionales y puntuales que garanticen la resiliencia y sostenibilidad de los hábitats
en el medio natural y de las poblaciones de ungulados silvestres, encaminadas a reducir
los números poblacionales y las densidades de los ungulados silvestres en una primera
fase, para a continuación poder aportar alimentación suplementaria que permita a las
poblaciones restantes poder subsistir hasta el otoño o invierno con la expectativa de
que en dicho periodo se restablezcan las condiciones normalizadas de precipitaciones y
temperaturas y con ello la disponibilidad de alimento natural en los hábitats.
En este sentido, la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres, y
el Reglamento de Ordenación de la Caza aprobado por Decreto 126/2017, de 25 de julio,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285554
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Forestal
y Biodiversidad, por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales
por la situación meteorológica para reducir y evitar riesgos sanitarios en las
poblaciones de ungulados y daños en los ecosistemas y en la agricultura y
ganadería.