Disposiciones generales. . (2023/517-9)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Málaga, por la que se establecen en la provincia de Málaga los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Extraordinario núm. 17 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10711/3
la Consejería de Salud y Familias de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los
niveles de alerta sanitarios y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón
de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de
alarma.
Tercero. La adopción de los actuales niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde
las 00:00 horas del día 21 de junio 2023 hasta las 00:00 horas del día 21 de octubre de 2023,
y se acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de
los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto, que informarán sobre
la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las mismas, a efectos de evaluar el
riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas, pudiendo ser éstas levantadas o
moduladas total o parcialmente por la autoridad sanitaria si así lo requiriese la evolución de
la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido en la citada Orden de 7 de
mayo de 2021 y demás normativa vigente en materia de salud pública.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Málaga,
con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas
adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnados
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Málaga, 19 de junio de 2023.- La Consejera, P.D. (Orden de 7.5.2021, BOJA extraordinario
núm. 41, de 7.5.2021), el Delegado, Carlos Bautista Ojeda.
ANEXO I
DISTRITO SANITARIO MÁLAGA
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 0
Almogía
Málaga
Macharaviaya
Moclinejo
Rincón de la Victoria
Totalán
ANEXO II
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 0
Alhaurín de la Torre
Ahaurín el Grande
Álora
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285733
DISTRITO SANITARIO GUADALHORCE
BOJA
Extraordinario núm. 17 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10711/3
la Consejería de Salud y Familias de 7 de mayo de 2021, por la que se establecen los
niveles de alerta sanitarios y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón
de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de
alarma.
Tercero. La adopción de los actuales niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde
las 00:00 horas del día 21 de junio 2023 hasta las 00:00 horas del día 21 de octubre de 2023,
y se acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de
los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto, que informarán sobre
la necesidad de prórroga, ampliación o reducción de las mismas, a efectos de evaluar el
riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas, pudiendo ser éstas levantadas o
moduladas total o parcialmente por la autoridad sanitaria si así lo requiriese la evolución de
la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido en la citada Orden de 7 de
mayo de 2021 y demás normativa vigente en materia de salud pública.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución a la Subdelegación del Gobierno en Málaga,
con el objeto de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para el control y aplicación de las medidas
adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnados
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Málaga, 19 de junio de 2023.- La Consejera, P.D. (Orden de 7.5.2021, BOJA extraordinario
núm. 41, de 7.5.2021), el Delegado, Carlos Bautista Ojeda.
ANEXO I
DISTRITO SANITARIO MÁLAGA
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 0
Almogía
Málaga
Macharaviaya
Moclinejo
Rincón de la Victoria
Totalán
ANEXO II
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA SANITARIA 0
Alhaurín de la Torre
Ahaurín el Grande
Álora
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285733
DISTRITO SANITARIO GUADALHORCE