3. Otras disposiciones. . (2023/116-26)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina para el ejercicio 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10541/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de
personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables
de nómina para el ejercicio 2023.
Mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 1 de
febrero de 2023 (BOJA núm. 25, de 7 de febrero), se estableció el plazo de presentación
de solicitudes y se dictaron instrucciones en relación al procedimiento de concesión de
anticipos reintegrables de nómina para el personal empleado público correspondiente al
ejercicio 2023.
Por Resolución de la misma Secretaría General, de fecha 23 de marzo de 2023
(BOJA núm. 60, de 29 de marzo), se hicieron públicos los listados provisionales de
personas admitidas y excluidas, concediendo un plazo de diez días hábiles para formular
alegaciones y subsanar defectos detectados en las solicitudes.
Transcurrido dicho plazo y una vez valoradas las alegaciones presentadas, las
solicitudes que han resultado admitidas se han ordenado de mayor a menor antigüedad,
computada a 31 de diciembre de 2022, y se han adjudicado conforme establece el
artículo 12.1 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con lo dispuesto en el
párrafo segundo, punto 2, de la disposición adicional quinta de la La Ley 1/2022, de 27 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
Procede, por tanto, aprobar los listados definitivos de personas beneficiarias y
excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina correspondiente al
ejercicio 2023, ordenando su publicación.
En base a lo expuesto y a la competencia atribuida en la disposición adicional primera
de la citada Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con el Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO
Primero. Aprobar los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la
convocatoria de anticipos reintegrables correspondiente al ejercicio 2023, que quedarán
expuestos en la página web del empleado público,
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
«trámites laborales», «acción social», «anticipos reintegrables».
Contra lo establecido en la presente resolución, que agota la vía administrativa, se
podrán interponer los siguientes recursos:
El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con
carácter potestativo, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y
124 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285566
Segundo. El importe del anticipo concedido se abonará en nómina y el reintegro se
realizará mediante detracción mensual en la misma a partir del mes siguiente al de su abono.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10541/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de
personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables
de nómina para el ejercicio 2023.
Mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 1 de
febrero de 2023 (BOJA núm. 25, de 7 de febrero), se estableció el plazo de presentación
de solicitudes y se dictaron instrucciones en relación al procedimiento de concesión de
anticipos reintegrables de nómina para el personal empleado público correspondiente al
ejercicio 2023.
Por Resolución de la misma Secretaría General, de fecha 23 de marzo de 2023
(BOJA núm. 60, de 29 de marzo), se hicieron públicos los listados provisionales de
personas admitidas y excluidas, concediendo un plazo de diez días hábiles para formular
alegaciones y subsanar defectos detectados en las solicitudes.
Transcurrido dicho plazo y una vez valoradas las alegaciones presentadas, las
solicitudes que han resultado admitidas se han ordenado de mayor a menor antigüedad,
computada a 31 de diciembre de 2022, y se han adjudicado conforme establece el
artículo 12.1 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con lo dispuesto en el
párrafo segundo, punto 2, de la disposición adicional quinta de la La Ley 1/2022, de 27 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
Procede, por tanto, aprobar los listados definitivos de personas beneficiarias y
excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina correspondiente al
ejercicio 2023, ordenando su publicación.
En base a lo expuesto y a la competencia atribuida en la disposición adicional primera
de la citada Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con el Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO
Primero. Aprobar los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la
convocatoria de anticipos reintegrables correspondiente al ejercicio 2023, que quedarán
expuestos en la página web del empleado público,
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
«trámites laborales», «acción social», «anticipos reintegrables».
Contra lo establecido en la presente resolución, que agota la vía administrativa, se
podrán interponer los siguientes recursos:
El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con
carácter potestativo, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y
124 dela Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285566
Segundo. El importe del anticipo concedido se abonará en nómina y el reintegro se
realizará mediante detracción mensual en la misma a partir del mes siguiente al de su abono.