Disposiciones generales. . (2023/116-1)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o la formación práctica en la Formación Profesional dual en el curso académico 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
página 10560/2
2. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en
régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con
fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o
la formación práctica en la Formación Profesional dual.
Segundo. Financiación y cuantía de las subvenciones.
1. La financiación de las ayudas se realizará con cargo a las siguientes partidas
presupuestarias:
Provincia
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1100030000 G/42D/48500/04 01
1100160000 G/42D/48000/04 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/11 01
1100160000 G/42D/48000/11 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/14 01
1100160000 G/42D/48000/14 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100160000 G/42D/48000/18 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100160000 G/42D/48000/21 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100160000 G/42D/48000/23 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100160000 G/42D/48000/29 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/41 01
1100160000 G/42D/48000/41 D443E149C1
2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 400.000 euros para la línea de subvención 1 y de 250.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención
1, y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de
Formación Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la
línea de subvención 2.
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo.
1.º y 2.º trimestre (cuantía en euros)
Almería
4.653
Cádiz Córdoba
10.359
6.620
Granada
7.304
Huelva
3.587
Jaén
Málaga
5.093
9.797
Núm. de personas matriculadas 1.º y 2.º trimestre
646
1.438
919
1.014
498
707
3.º trimestre (cuantía en euros)
Núm. de personas matriculadas 3.º trimestre
TOTAL CUANTÍA POR PROVINCIA EN EUROS
24.759
3.437
29.412
51.900
7.205
62.259
35.614
4.944
42.234
41.233
5.724
48.537
23.008
3.194
26.595
24.636
3.420
29.729
Córdoba
Granada
1.360
Sevilla
16.114
2.237
51.281 84.042
7.119 11.667
61.078 100.156
Línea de subvención 2: FP Dual.
Núm. de personas matriculadas
TOTAL CUANTÍA POR PROVINCIA EN EUROS
Cádiz
Huelva
938
2.209
1.662
1.580
17.810
41.942
31.556
29.999
1.012
Jaén
Málaga
Sevilla
895
1.911
2.960
19.215 16.993
36.284
56.201
4. Una vez conocido el número de solicitantes y posibles beneficiarios de la ayuda,
las cantidades a repartir por provincia podrán ajustarse, sin exceder la cuantía máxima
destinada a cada línea de subvención. Todo ello con objeto de cumplir con el principio de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285584
Almería
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023
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2. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por desplazamiento, en
régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con
fondos públicos que realiza el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo o
la formación práctica en la Formación Profesional dual.
Segundo. Financiación y cuantía de las subvenciones.
1. La financiación de las ayudas se realizará con cargo a las siguientes partidas
presupuestarias:
Provincia
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1100030000 G/42D/48500/04 01
1100160000 G/42D/48000/04 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/11 01
1100160000 G/42D/48000/11 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/14 01
1100160000 G/42D/48000/14 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100160000 G/42D/48000/18 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100160000 G/42D/48000/21 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100160000 G/42D/48000/23 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100160000 G/42D/48000/29 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/41 01
1100160000 G/42D/48000/41 D443E149C1
2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 400.000 euros para la línea de subvención 1 y de 250.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención
1, y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de
Formación Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la
línea de subvención 2.
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo.
1.º y 2.º trimestre (cuantía en euros)
Almería
4.653
Cádiz Córdoba
10.359
6.620
Granada
7.304
Huelva
3.587
Jaén
Málaga
5.093
9.797
Núm. de personas matriculadas 1.º y 2.º trimestre
646
1.438
919
1.014
498
707
3.º trimestre (cuantía en euros)
Núm. de personas matriculadas 3.º trimestre
TOTAL CUANTÍA POR PROVINCIA EN EUROS
24.759
3.437
29.412
51.900
7.205
62.259
35.614
4.944
42.234
41.233
5.724
48.537
23.008
3.194
26.595
24.636
3.420
29.729
Córdoba
Granada
1.360
Sevilla
16.114
2.237
51.281 84.042
7.119 11.667
61.078 100.156
Línea de subvención 2: FP Dual.
Núm. de personas matriculadas
TOTAL CUANTÍA POR PROVINCIA EN EUROS
Cádiz
Huelva
938
2.209
1.662
1.580
17.810
41.942
31.556
29.999
1.012
Jaén
Málaga
Sevilla
895
1.911
2.960
19.215 16.993
36.284
56.201
4. Una vez conocido el número de solicitantes y posibles beneficiarios de la ayuda,
las cantidades a repartir por provincia podrán ajustarse, sin exceder la cuantía máxima
destinada a cada línea de subvención. Todo ello con objeto de cumplir con el principio de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Almería