Disposiciones generales. . (2023/116-2)
Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación práctica en la formación profesional dual en el curso académico 2022/2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
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Número 116 - Martes, 20 de junio de 2023

página 10561/2

Líneas de ayudas
Línea 1: Formación en Centros de Trabajo
Línea 2: Formación Profesional dual
1100030000 G/42D/48500/18 01
1100160000 G/42D/48000/18 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/21 01
1100160000 G/42D/48000/21 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/23 01
1100160000 G/42D/48000/23 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/29 01
1100160000 G/42D/48000/29 D443E149C1
1100030000 G/42D/48500/41 01
1100160000 G/42D/48000/41 D443E149C1

2. La cuantía total máxima disponible en el marco de la presente convocatoria es
de 400.000 euros para la línea de subvención 1 y de 250.000 euros para la línea de
subvención 2, quedando la cantidad total final a distribuir sujeta al número de alumnado
que finalmente solicite la ayuda y cumpla con los requisitos necesarios para ser
beneficiario de esta.
3. Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.b) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para cada una de las líneas de subvención, se establece la distribución
inicial de las cantidades a repartir por provincia en función del número de alumnado
matriculado en el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, en cada uno
de los periodos contemplados para su realización en el caso de la línea de subvención 1,
y en función del número de alumnas y alumnos matriculados en un proyecto de Formación
Profesional dual, tanto de primer como de segundo curso, en el caso de la línea de
subvención 2.
Línea de subvención 1: Formación en Centros de Trabajo.
1.º y 2.º trimestre (cuantía en euros)
Núm. de personas matriculadas 1.º y 2.º
trimestre
3.er trimestre (cuantía en euros)
Núm. de personas matriculadas 3.er trimestre
Total cuantía por provincia en euros

Almería
4.653

Cádiz
Córdoba Granada
10.359
6.620
7.304

Huelva
3.587

Jaén
5.093

Málaga
9.797

Sevilla
16.114

646

1.438

919

1.014

498

707

1.360

2.237

24.759
3.437
29.412

51.900
7.205
62.259

35.614
4.944
42.234

41.233
5.724
48.537

23.008
3.194
26.595

24.636
3.420
29.729

51.281
7.119
61.078

84.042
11.667
100.156

Sevilla

Línea de subvención 2: FP Dual.
Núm. de personas matriculadas
Total cuantía por provincia en euros

Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

Huelva

Jaén

Málaga

938

2.209

1.662

1.580

1.012

895

1.911

2.960

17.810

41.942

31.556

29.999

19.215

16.993

36.284

56.201

Tercero. Objeto.
Regular la concesión de ayudas para compensar a los alumnos y alumnas que cursan
enseñanzas de Formación Profesional sostenidas con fondos públicos de los gastos de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285585

4. Una vez conocido el número de solicitantes y posibles beneficiarios de la ayuda,
las cantidades a repartir por provincia podrán ajustarse, sin exceder la cuantía máxima
destinada a cada línea de subvención. Todo ello con objeto de cumplir con el principio de
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecido en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
según el cual la gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la
eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización
del gasto y de mejora de la gestión del sector público, así como atendiendo al artículo 19
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, que establece que el
importe de la subvención no puede superar el coste de la actividad subvencionada.