3. Otras disposiciones. . (2023/115-33)
Orden de 18 de noviembre de 2022, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado extranjero «Colegio Internacional de Sevilla San Francisco de Paula. Sevilla International School» de Sevilla, autorizado conforme al Sistema Educativo de los Estados Unidos de América para alumnado español y extranjero. (PP. 2177/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Lunes, 19 de junio de 2023

página 10188/2

DISPONGO
Primero. Autorizar la modificación solicitada, por cambio de denominación específica,
al centro docente privado extranjero «Colegio Internacional de Sevilla San Francisco de
Paula. Sevilla International School», con código 41022425 y domicilio en C/ Alcázares,
núm. 8, de Sevilla, del que es titular la entidad Colegio San Francisco de Paula, S.L., que
pasa a denominarse «Colegio Internacional de Sevilla-San Francisco de Paula».
Segundo. Conceder la modificación de la autorización administrativa al mencionado
centro, por la ampliación de sus enseñanzas en la etapa correspondiente al primer ciclo
de educación infantil, resultando, como consecuencia de ello, autorizado para impartir las
enseñanzas del Sistema Educativo de los Estados Unidos de América para un total de
1.836 puestos escolares, con la siguiente configuración:
- Crèche, Daycare y Early Preschool 2: 96 puestos escolares.
- Preschool, Pre-Kindergarten y Kindergarten: 312 puestos escolares.
- De Year 1 a Year 6: 600 puestos escolares.
- De Year 7 a Year 10: 396 puestos escolares.
- De Year 11 a Year 12: 432 puestos escolares.
Tercero. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas
de lengua y cultura españolas.
Cuarto. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta orden
tendrá validez hasta el 30 de junio de 2026, en atención al certificado de la entidad
acreditadora Cognia.
Quinto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Sexto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar
la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que se señalan
en la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de noviembre de 2022
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ

00285223

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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