Disposiciones generales. . (2023/115-2)
Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2023, por la que se convoca para el ejercicio 2023 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Lunes, 19 de junio de 2023

página 10481/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2023, por la que se convoca
para el ejercicio 2023 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con
discapacidad, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la
Orden de 7 de febrero de 2017.
BDNS: 702669,702670,702671,702672,702673,702674,702675.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se propone publicar el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo podrá consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el BOJA.

Segundo. Objeto.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la Orden de 7 de febrero de
2017, para cada una de las lineas de subvenciones:
1. Será objeto de las subvenciones convocadas compensar económicamente la
prestación de los servicios de interés económico general desarrollados por los Centros
Especiales de Empleo, y con ello su viabilidad, mediante la concesión de ayudas dirigidas
a financiar la creación de empleo indefinido y el mantenimiento de puestos de trabajos
ocupados por personas con discapacidad en los mismos, así como, la adaptación
de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas con la finalidad de
conseguir su inserción en el mercado laboral, y fomentar su accesibilidad.
2. Asimismo, será objeto de las subvenciones convocadas financiar la creación
de empleo indefinido de personas con discapacidad y la eliminación de barreras
arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajos, o dotación de equipos de protección
personal, ocupados por personas con discapacidad que con carácter indefinido sean
contratadas por empresas ordinarias.
3. A estos efectos, tendrán la consideración de personas con diversidad funcional o
discapacidad aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior
al 33%.
4. Para la presente convocatoria, no será subvencionables la participación en estos
programas de personas pensionistas de Seguridad Social titulares de una pensión
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285505

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan, para el ejercicio 2023, la concesión de las siguientes líneas de
subvenciones reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad:
a) Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en
Centros Especiales de Empleo.
b) Ayudas al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con
discapacidad en Centros Especiales de Empleo.
c) Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y a la eliminación de barreras
arquitectónicas en Centros Especiales de Empleo.
d) Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en
empresas ordinarias.
e) Ayudas a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos
de trabajo ocupados por personas con discapacidad que con carácter indefinido sean
contratadas en empresas ordinarias.