Disposiciones generales. . (2023/114-5)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes previsto en la Resolución de 19 de mayo de 2023, por la que se convocan para el año 2023, subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023
página 10483/2
A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas en la disposición
adicional única de la Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden de 26 de
mayo de 2021, aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones
Locales del Voluntariado de Protección Civil, en relación con lo previsto en el Título VII del
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, atendiendo a lo establecido
en el Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
RESU ELVO
Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes previsto en el resuelvo
segundo de la Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de
Emergencias y Protección Civil, (BOJA núm. 100, de 29 de mayo de 2023), hasta el día
28 de junio de 2023 inclusive.
Segundo. Contra la presente resolución de ampliación del plazo máximo de
presentación de solicitudes no cabe la presentación de recurso alguno, sin perjuicio
del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con
lo dispuesto por el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su
publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00285507
Sevilla, 13 de junio de 2023.- El Director General, Javier Gil Guerra.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023
página 10483/2
A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas en la disposición
adicional única de la Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden de 26 de
mayo de 2021, aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a
municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en
régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones
Locales del Voluntariado de Protección Civil, en relación con lo previsto en el Título VII del
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, atendiendo a lo establecido
en el Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa,
RESU ELVO
Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes previsto en el resuelvo
segundo de la Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de
Emergencias y Protección Civil, (BOJA núm. 100, de 29 de mayo de 2023), hasta el día
28 de junio de 2023 inclusive.
Segundo. Contra la presente resolución de ampliación del plazo máximo de
presentación de solicitudes no cabe la presentación de recurso alguno, sin perjuicio
del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con
lo dispuesto por el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su
publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00285507
Sevilla, 13 de junio de 2023.- El Director General, Javier Gil Guerra.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja