3. Otras disposiciones. . (2023/114-58)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Taekwondo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023

página 10341/33

d) Revocación administrativa de la autorización si desaparecen las circunstancias que
justificaron su otorgamiento, así como en caso de incumplimiento de sus funciones y fines.
e) Resolución judicial firme.
f) Aquellas otras previstas en el ordenamiento jurídico.
Artículo 115. Destino del patrimonio neto.
En el acuerdo de disolución, la Asamblea General designará una Comisión liquidadora
del patrimonio de la Federación, con capacidad para administrar, conservar y recuperar
los bienes y derechos de la entidad, efectuar pagos y, en general, ejercer aquellas otras
acciones imprescindibles para practicar la liquidación final.
En todo caso, el patrimonio neto resultante, si lo hubiera, se destinará al fomento y
práctica de actividades deportivas, salvo que por resolución judicial se determine otro destino.
TÍTULO XI
APROBACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS, REGLAMENTOS
FEDERATIVOS Y CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
Artículo 116. Acuerdo.
Los estatutos, reglamentos federativos y Código de Buen Gobierno, serán aprobados
por la Asamblea General, al igual que sus modificaciones, mediante acuerdo de la mayoría
cualificada de dos tercios de los miembros asistentes a las Asambleas Extraordinarias
convocadas al efecto.
Artículo 117. Procedimiento de modificación.
1. El procedimiento de modificación de los estatutos se iniciará a propuesta del
Presidente/a, de la Junta Directiva o de un tercio de los miembros de la Asamblea
General. Dicha propuesta, acompañada de un informe detallado que motive las causas
que la originan, será sometida a la Asamblea General, en convocatoria extraordinaria y
con expresa inclusión de la misma en el Orden del Día.
2. La modificación de los reglamentos federativos y del Código de Buen Gobierno
seguirá el procedimiento establecido en el apartado anterior.
3. No podrá iniciarse la reforma de los Estatutos, Reglamentos y Código de Buen
Gobierno, una vez sean convocadas las elecciones a la Asamblea General y a la
Presidencia de la FAT, o haya sido presentada una moción de censura.
Artículo 118. Inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
1. Los acuerdos de aprobación o de modificación adoptados, serán remitidos para su
ratificación al órgano administrativo competente en materia deportiva de la Junta de Andalucía.
Asimismo, se solicitará su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
2. Las disposiciones aprobadas o modificadas sólo producirán efectos frente a
terceros desde la fecha de inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Primera. Las sanciones disciplinarias federativas, se publicarán en la página web de
la FAT, para conocimiento, de todas las partes interesadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285364

Quedan derogadas cuantas normas de rango reglamentario se opongan a lo
preceptuado por los presentes Estatutos, desde la inscripción del presente texto en el
Registro Andaluz de Entidades Deportivas.