Disposiciones generales. . (2023/113-3)
Extracto de la Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de ayudas por desplazamiento, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de Artes Plásticas y Diseño de centros docentes públicos para la realización de la formación práctica en empresas, estudios y talleres durante el curso 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Jueves, 15 de junio de 2023
página 10272/2
alumnado de Artes Plásticas y Diseño de centros docentes públicos para la realización
de la formación práctica en empresas, estudios y talleres.
Quinto. Importe.
La dotación de la línea de subvención, así como la cuantía máxima de dicha línea y
la distribución territorial de los créditos presupuestarios que financian las subvenciones
convocadas, se recogen en el cuadro del apartado primero.
La cuantía de las subvenciones y los gastos subvencionables son los que se
establecen en el apartado quinto del Cuadro resumen de las bases reguladoras recogidas
en la citada Orden de 10 de julio de 2018.
Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para la línea de subvención, se establecen como importes máximos las
siguientes cuantías para las ayudas solicitadas: 210,00 euros para el alumnado que
realice la formación práctica en empresas, estudios o talleres ubicados en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y situados a una distancia superior a 5 kilómetros e inferior a 20
kilómetros desde el centro docente en que el alumnado está matriculado o matriculada; y
240,00 euros si la distancia es igual o superior a 20 kilómetros. Estas cantidades podrán
verse incrementadas en un 50% en el caso de que la formación práctica supere las 400
horas. El cálculo de la distancia se realizará empleando alguna herramienta de cálculo
de distancias, preferentemente el mapa oficial de carreteras del Ministerio de Transporte,
Movilidad y Agenda Urbana cuando las distancias sean entre localidades distintas, o
instrumentos similares facilitados por la Administración local para distancias en la misma
localidad.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de diez días,
contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Séptimo. Otros datos.
Los demás datos necesarios para la presentación de las solicitudes de las ayudas
figuran en la convocatoria publicada en BOJA.
00285295
Sevilla, 1 de junio de 2023.- La Directora General de Ordenación, Inclusión, Participación
y Evaluación Educativa, Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Jueves, 15 de junio de 2023
página 10272/2
alumnado de Artes Plásticas y Diseño de centros docentes públicos para la realización
de la formación práctica en empresas, estudios y talleres.
Quinto. Importe.
La dotación de la línea de subvención, así como la cuantía máxima de dicha línea y
la distribución territorial de los créditos presupuestarios que financian las subvenciones
convocadas, se recogen en el cuadro del apartado primero.
La cuantía de las subvenciones y los gastos subvencionables son los que se
establecen en el apartado quinto del Cuadro resumen de las bases reguladoras recogidas
en la citada Orden de 10 de julio de 2018.
Atendiendo a lo dispuesto en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las bases
reguladoras para la línea de subvención, se establecen como importes máximos las
siguientes cuantías para las ayudas solicitadas: 210,00 euros para el alumnado que
realice la formación práctica en empresas, estudios o talleres ubicados en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y situados a una distancia superior a 5 kilómetros e inferior a 20
kilómetros desde el centro docente en que el alumnado está matriculado o matriculada; y
240,00 euros si la distancia es igual o superior a 20 kilómetros. Estas cantidades podrán
verse incrementadas en un 50% en el caso de que la formación práctica supere las 400
horas. El cálculo de la distancia se realizará empleando alguna herramienta de cálculo
de distancias, preferentemente el mapa oficial de carreteras del Ministerio de Transporte,
Movilidad y Agenda Urbana cuando las distancias sean entre localidades distintas, o
instrumentos similares facilitados por la Administración local para distancias en la misma
localidad.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de diez días,
contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Séptimo. Otros datos.
Los demás datos necesarios para la presentación de las solicitudes de las ayudas
figuran en la convocatoria publicada en BOJA.
00285295
Sevilla, 1 de junio de 2023.- La Directora General de Ordenación, Inclusión, Participación
y Evaluación Educativa, Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja