Autoridades y personal. . (2023/112-20)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales en los Conservatorios Superiores de Música y Danza para el curso académico 2023/2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/18
a) Reducción de jornada por razones de guarda legal y por razones de cuidado de un
familiar.
b) Reducción de jornada por interés particular.
2. La adjudicación de los puestos de «media jornada» referidos en la base tercera
de la presente convocatoria implicará automáticamente la renuncia a la solicitud de
reducción de jornada de cualquier modalidad.
3. Solo se podrá solicitar la reducción de jornada por uno de estos motivos una sola
vez para el curso académico 2023/2024, y se extenderá en todo caso hasta el final del
referido curso (31 de agosto de 2024).
4. Quienes participen en el presente procedimiento y deseen acogerse a las
reducciones anteriormente referidas, deberán manifestarlo en el apartado correspondiente
(apartado 6 del Anexo I o apartado 7 del Anexo II), insertando en la solicitud telemática,
en su caso, la documentación acreditativa en formato PDF.
5. No obstante, en el plazo de cinco días hábiles, computables desde el siguiente a
la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales, dicho
personal podrá renunciar a la reducción de jornada solicitada.
Decimonovena. Publicación.
1. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Los Anexos I (Solicitud de destino provisional para el curso 2023/2024 para el
personal funcionario de carrera o en prácticas), II (Solicitud de destino provisional para el
curso 2023/2024 para el personal funcionario interino) y III (Solicitud de destino provisional
para el curso 2023/2024 para el personal aspirante a interinidad) están asociados al
formulario de solicitud a que se refiere la base segunda.
3. Los Anexos IV y V de la presente resolución se harán públicos en la página
electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Vigesimoprimera. Provisión de los puestos de trabajo docentes de las víctimas de
violencia de género así como de las víctimas del terrorismo.
1. El artículo 21 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género, establece los derechos laborales de
las mujeres víctimas de violencia de género, con el objetivo de evitar que abandonen
el mercado laboral a causa de la violencia que sufren. Se les reconocen derechos
que garantizan la conciliación del trabajo con la situación de violencia de género, su
protección si se ven obligadas a abandonar su puesto de trabajo y su inserción laboral
en caso de que no estuvieran empleadas. Asimismo, el artículo 35 de la Ley 29/2011, de
22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo
establece los derechos del personal al servicio de las administraciones públicas que haya
sido víctima del terrorismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Vigésima. Desistimientos.
El personal que participe voluntariamente en el presente procedimiento podrá desistir
de la participación en el mismo en el plazo que se establezca en la resolución provisional
de adjudicación de destinos provisionales.
Al personal que haya participado en el procedimiento para la adjudicación de destinos
provisionales en otros cuerpos docentes para el curso académico 2023/2024, y sea
adjudicatario de una plaza por el presente procedimiento, le será anulada la solicitud de
participación en aquella convocatoria.
De no resultar adjudicatario de una plaza en el presente procedimiento, o de desistir
en el mismo en caso de haber participado en el procedimiento de adjudicación de
destinos provisionales en otros cuerpos docentes para el curso académico 2023/2024,
mantendrá la opción de ser adjudicatario de un destino en aquel.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/18
a) Reducción de jornada por razones de guarda legal y por razones de cuidado de un
familiar.
b) Reducción de jornada por interés particular.
2. La adjudicación de los puestos de «media jornada» referidos en la base tercera
de la presente convocatoria implicará automáticamente la renuncia a la solicitud de
reducción de jornada de cualquier modalidad.
3. Solo se podrá solicitar la reducción de jornada por uno de estos motivos una sola
vez para el curso académico 2023/2024, y se extenderá en todo caso hasta el final del
referido curso (31 de agosto de 2024).
4. Quienes participen en el presente procedimiento y deseen acogerse a las
reducciones anteriormente referidas, deberán manifestarlo en el apartado correspondiente
(apartado 6 del Anexo I o apartado 7 del Anexo II), insertando en la solicitud telemática,
en su caso, la documentación acreditativa en formato PDF.
5. No obstante, en el plazo de cinco días hábiles, computables desde el siguiente a
la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales, dicho
personal podrá renunciar a la reducción de jornada solicitada.
Decimonovena. Publicación.
1. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Los Anexos I (Solicitud de destino provisional para el curso 2023/2024 para el
personal funcionario de carrera o en prácticas), II (Solicitud de destino provisional para el
curso 2023/2024 para el personal funcionario interino) y III (Solicitud de destino provisional
para el curso 2023/2024 para el personal aspirante a interinidad) están asociados al
formulario de solicitud a que se refiere la base segunda.
3. Los Anexos IV y V de la presente resolución se harán públicos en la página
electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Vigesimoprimera. Provisión de los puestos de trabajo docentes de las víctimas de
violencia de género así como de las víctimas del terrorismo.
1. El artículo 21 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género, establece los derechos laborales de
las mujeres víctimas de violencia de género, con el objetivo de evitar que abandonen
el mercado laboral a causa de la violencia que sufren. Se les reconocen derechos
que garantizan la conciliación del trabajo con la situación de violencia de género, su
protección si se ven obligadas a abandonar su puesto de trabajo y su inserción laboral
en caso de que no estuvieran empleadas. Asimismo, el artículo 35 de la Ley 29/2011, de
22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo
establece los derechos del personal al servicio de las administraciones públicas que haya
sido víctima del terrorismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Vigésima. Desistimientos.
El personal que participe voluntariamente en el presente procedimiento podrá desistir
de la participación en el mismo en el plazo que se establezca en la resolución provisional
de adjudicación de destinos provisionales.
Al personal que haya participado en el procedimiento para la adjudicación de destinos
provisionales en otros cuerpos docentes para el curso académico 2023/2024, y sea
adjudicatario de una plaza por el presente procedimiento, le será anulada la solicitud de
participación en aquella convocatoria.
De no resultar adjudicatario de una plaza en el presente procedimiento, o de desistir
en el mismo en caso de haber participado en el procedimiento de adjudicación de
destinos provisionales en otros cuerpos docentes para el curso académico 2023/2024,
mantendrá la opción de ser adjudicatario de un destino en aquel.