Autoridades y personal. . (2023/111-31)
Corrección de errores a la Resolución de 19 de abril de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publicaron las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación (BOJA núm. 77, de 25.4.2023).
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Martes, 13 de junio de 2023

página 10168/2

Debe decir:
2.1. a) Haber concurrido a la convocatoria de Ayudas para la Formación de Profesorado
Universitario correspondiente al año 2021 (Resolución de 12 de noviembre de 2021, por
la que se aprueba por tramitación anticipada la convocatoria de ayudas para la formación
de profesorado universitario correspondiente al año 2021, en el marco del Plan Estatal de
Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, BOE número 274, de 16 de
noviembre de 2021), con adscripción a la Universidad de Jaén, y haber sido evaluado/a al
menos en la Primera Fase según la Resolución de 17 de mayo de 2022, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se hace pública la selección definitiva en primera
fase para ayudas para la Formación del Profesorado Universitario, correspondiente a la
convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021, publicada en el enlace
web del Ministerio de Universidades http://bitly.ws/BQRs
II. Donde dice:
12.1. La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes
considerando la valoración obtenida por los candidatos/as en el Anexo III de la Orden de
30 de noviembre de 2022, por la que se conceden ayudas para contratos predoctorales
para la Formación del Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación
y Movilidad dentro del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento,
correspondiente a la convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021. Solo
en el caso de no cubrirse las plazas ofertadas con candidatos que han sido evaluados en
la segunda fase de la convocatoria FPU 2021, la Comisión de Investigación, en función
de la distribución por áreas de conocimiento, evaluará las solicitudes presentadas que
sólo han pasado la primera fase de dicho procedimiento (Resolución de 17 de mayo de
2021). En este último caso, la Comisión de Investigación podrá establecer un criterio
mínimo de competitividad a partir de la consideración del porcentaje de desviación de la
nota de las personas candidatas respecto a la nota de corte para pasar a la segunda fase
del procedimiento FPU.

Segundo. La presente corrección de errores dispone adicionalmente la apertura de
un plazo de solicitud de participación en el presente procedimiento selectivo de veinte
días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», conforme a lo previsto en el artículo 10. Solicitudes y
documentación. De este modo, las personas solicitantes que en su momento formalizaron
oportunamente su solicitud de participación, no están obligadas a realizar de nuevo dicho
trámite.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285187

Debe decir:
12.1. La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes
considerando la valoración obtenida por los candidatos/as en el Anexo III de la Orden de
30 de noviembre de 2022, por la que se conceden ayudas para contratos predoctorales
para la Formación del Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación
y Movilidad dentro del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento,
correspondiente a la convocatoria publicada por Orden de 12 de noviembre de 2021. Solo
en el caso de no cubrirse las plazas ofertadas con candidatos que han sido evaluados en
la segunda fase de la convocatoria FPU 2021, la Comisión de Investigación, en función
de la distribución por áreas de conocimiento, podrá recurrir a evaluar a algunas de las
personas solicitantes a partir de la Resolución de la Primera Fase de dicho procedimiento
(Resolución de 17 de mayo de 2021). En este último caso, la Comisión de Investigación
podrá establecer un criterio mínimo de competitividad a partir de la consideración del
porcentaje de desviación de la nota de las personas candidatas respecto a la nota de
corte para pasar a la segunda fase del procedimiento FPU.