3. Otras disposiciones. . (2023/110-37)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Secretaría General para la Cultura, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de decreto por el que se crea y regulan las funciones, composición y funcionamiento del Consejo Andaluz de la Cultura.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Lunes, 12 de junio de 2023

página 10100/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Secretaría General para la Cultura,
por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del
proyecto de decreto por el que se crea y regulan las funciones, composición y
funcionamiento del Consejo Andaluz de la Cultura.
Con fecha 24 de mayo de 2023 se ha iniciado la tramitación del proyecto de decreto
por el que se crea y regulan las funciones, composición y funcionamiento del Consejo
Andaluz de la Cultura.
El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que, cuando la naturaleza de la disposición lo
aconseje, esta será sometida a información pública durante un plazo razonable no inferior
a quince días directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas
por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el
objeto de la disposición.
El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los
derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará
el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos
afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas
o entidades.
Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e
información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de
la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su
opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que
serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse
sobre la materia.
La actividad del Consejo Andaluz de la Cultura está encaminada a lograr la
participación e implicación efectiva tanto del sector público como del sector privado y
del conjunto de la ciudadanía en el impulso y protección de los intereses generales de
la cultura en Andalucía; por todo ello, se estima conveniente dotar al texto del proyecto
de la mayor difusión posible en aras de que, tanto la ciudadanía como las entidades
interesadas, puedan realizar cuantas aportaciones y observaciones consideren
necesarias, y por tanto se considera oportuno someter el texto al trámite de información
pública.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo
45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

Primero. Someter el proyecto de decreto por el que se crea y regulan las funciones,
composición y funcionamiento del Consejo Andaluz de la Cultura al trámite de información
pública, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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RESU ELVO