3. Otras disposiciones. . (2023/108-40)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se modifica la época de veda para la captura de coquina (Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Jueves, 8 de junio de 2023
página 9922/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se modifica la época de veda para la captura de coquina
(Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía
durante el año 2023.
La Orden de 22 de febrero de 2018, por la que se establecen las tallas mínimas de
captura y épocas de veda para los moluscos bivalvos y gasterópodos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, establece en su anexo las tallas mínimas de captura y épocas de veda para
los moluscos bivalvos y gasterópodos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La veda
para esta especie en el Golfo de Cádiz queda establecida durante los meses de mayo y
junio de acuerdo con la citada orden.
La coquina (Donax trunculus) es un molusco bivalvo que se captura en aguas del
litoral del Golfo de Cádiz fundamentalmente por mariscadores a pie, los cuales dada su
limitada capacidad extractiva y que se dedican exclusivamente a la recolección de esta
especie, se ven muy afectados por los episodios de cierre que afectan de forma periódica
a las zonas de producción de moluscos.
Las diferentes asociaciones de mariscadores profesionales han trasladado a esta
Dirección General la solicitud de modificar el periodo de veda de esta especie para este
año 2023, con objeto de su reducción en 15 días.
El artículo 3 de la Orden de 22 de febrero de 2018, faculta a la persona titular de la
Dirección General de Pesca y Acuicultura para adaptar los periodos de veda establecidos
en el anexo de la referida orden.
Por otro lado, la disposición adicional tercera de la Orden de 25 de mayo de 2020,
por la que se regula la actividad de marisqueo a pie profesional en el litoral de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, indica que sin perjuicio de lo establecido en el punto
3 del artículo 3 de la Orden de 22 de febrero de 2018, para la especie coquina (Donax
trunculus) del Golfo del Cádiz, excepcionalmente, la veda podrá reducirse a 45 días en un
único periodo.
El periodo de puesta de esta especie tienen lugar en primavera, con un periodo de
emisión de gametos situado entre los meses de marzo y la primera quincena de julio, y
dicho periodo reproductivo está estrechamente ligado a las variables ambientales.
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de
acuerdo con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería, y en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 22
de febrero de 2018,
RESU ELVO
Segundo. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será sancionado
de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y
Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284946
Primero. Modificar, para el año 2023, el periodo de veda para la captura de la especie
coquina (Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estableciendo el mismo, en el periodo comprendido:
- Del 1 de mayo al 18 de junio, ambos inclusive.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Jueves, 8 de junio de 2023
página 9922/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se modifica la época de veda para la captura de coquina
(Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía
durante el año 2023.
La Orden de 22 de febrero de 2018, por la que se establecen las tallas mínimas de
captura y épocas de veda para los moluscos bivalvos y gasterópodos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, establece en su anexo las tallas mínimas de captura y épocas de veda para
los moluscos bivalvos y gasterópodos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La veda
para esta especie en el Golfo de Cádiz queda establecida durante los meses de mayo y
junio de acuerdo con la citada orden.
La coquina (Donax trunculus) es un molusco bivalvo que se captura en aguas del
litoral del Golfo de Cádiz fundamentalmente por mariscadores a pie, los cuales dada su
limitada capacidad extractiva y que se dedican exclusivamente a la recolección de esta
especie, se ven muy afectados por los episodios de cierre que afectan de forma periódica
a las zonas de producción de moluscos.
Las diferentes asociaciones de mariscadores profesionales han trasladado a esta
Dirección General la solicitud de modificar el periodo de veda de esta especie para este
año 2023, con objeto de su reducción en 15 días.
El artículo 3 de la Orden de 22 de febrero de 2018, faculta a la persona titular de la
Dirección General de Pesca y Acuicultura para adaptar los periodos de veda establecidos
en el anexo de la referida orden.
Por otro lado, la disposición adicional tercera de la Orden de 25 de mayo de 2020,
por la que se regula la actividad de marisqueo a pie profesional en el litoral de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, indica que sin perjuicio de lo establecido en el punto
3 del artículo 3 de la Orden de 22 de febrero de 2018, para la especie coquina (Donax
trunculus) del Golfo del Cádiz, excepcionalmente, la veda podrá reducirse a 45 días en un
único periodo.
El periodo de puesta de esta especie tienen lugar en primavera, con un periodo de
emisión de gametos situado entre los meses de marzo y la primera quincena de julio, y
dicho periodo reproductivo está estrechamente ligado a las variables ambientales.
Considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de
acuerdo con el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería, y en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 22
de febrero de 2018,
RESU ELVO
Segundo. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será sancionado
de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril, de Ordenación, Fomento y
Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284946
Primero. Modificar, para el año 2023, el periodo de veda para la captura de la especie
coquina (Donax trunculus) en el litoral Atlántico de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estableciendo el mismo, en el periodo comprendido:
- Del 1 de mayo al 18 de junio, ambos inclusive.