Autoridades y personal. . (2023/107-21)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el acuerdo de la Comisión de Gobierno de 31 de mayo de 2023, por el que se convocan pruebas selectivas de acceso libre para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Auditoría de esta Institución.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023
página 9859/5
Sexta. Tribunal Calificador.
6.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concursooposición es la que figura en el Anexo IV.
Corresponde a este Tribunal la calificación y el desarrollo del proceso selectivo, así
como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir
en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas
que estime pertinentes.
Asimismo, corresponderá al Tribunal adoptar las medidas oportunas que permitan
a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud,
participar en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
6.2. La pertenencia al Tribunal calificador será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte del
mismo aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria,
tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal
funcionario interino y el personal eventual.
Las personas que formen parte de un Tribunal calificador deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas,
cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza
la presidencia del Tribunal deberá exigir a quienes compongan la misma declaración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284887
caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas
certificadas se expondrán en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página
web www. ccuentas.es
5.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión
de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles contados a partir del siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la
documentación que a su derecho convenga.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la
omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
5.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la
Presidencia de la Cámara de Cuentas dictará resolución, que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas, que se expondrán en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así
como en su página web www. ccuentas.es
Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización
del primer ejercicio de la oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas
provisionales y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.
5.4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses
desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023
página 9859/5
Sexta. Tribunal Calificador.
6.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concursooposición es la que figura en el Anexo IV.
Corresponde a este Tribunal la calificación y el desarrollo del proceso selectivo, así
como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir
en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas
que estime pertinentes.
Asimismo, corresponderá al Tribunal adoptar las medidas oportunas que permitan
a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud,
participar en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
6.2. La pertenencia al Tribunal calificador será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte del
mismo aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria,
tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal
funcionario interino y el personal eventual.
Las personas que formen parte de un Tribunal calificador deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas,
cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza
la presidencia del Tribunal deberá exigir a quienes compongan la misma declaración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284887
caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas
certificadas se expondrán en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página
web www. ccuentas.es
5.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión
de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles contados a partir del siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la
documentación que a su derecho convenga.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la
omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
5.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la
Presidencia de la Cámara de Cuentas dictará resolución, que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas, que se expondrán en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así
como en su página web www. ccuentas.es
Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización
del primer ejercicio de la oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las
personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas
provisionales y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.
5.4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día
siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses
desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.