Disposiciones generales. . (2023/107-2)
Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2023, del Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de plazas en concurrencia competitiva, para la movilidad de estudiantes con fines de prácticas en empresas de Estados Miembros de la UE y terceros países asociados y no asociados al programa, curso 2023/2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023

página 9912/1

1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2023, del Vicerrectorado de
Internacionalización y Compromiso Global de la Universidad de Huelva, por la
que se aprueba una convocatoria de plazas en concurrencia competitiva, para
la movilidad de estudiantes con fines de prácticas en empresas de Estados
Miembros de la UE y terceros países asociados y no asociados al programa,
curso 2023/2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 700425.
Primero. Convocatoria.
La Universidad de Huelva convoca plazas de Movilidad Internacional de Estudiantes
para realizar prácticas, en el marco del Programa Erasmus+, incluido, terceros países
no incluidos en el programa y el Reino Unido, dentro de la estrategia de la EU para
la Juventud del periodo 2021-2027, que engloba todas las iniciativas de educación,
formación, juventud y deporte.
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión en régimen de
concurrencia competitiva de becas y ayudas concedidas para movilidad internacional de
la Universidad de Huelva aprobadas en Comisión de Relaciones Internacionales de 12 de
febrero de 2021 y en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2021.

Cuarto. Personas beneficiarias.
4.1. Estar matriculado en el curso académico en el que se solicite la movilidad o en
el inmediatamente posterior, en una de las titulaciones de carácter oficial, incluidos los
másteres oficiales o programas de doctorado de la Universidad de Huelva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284935

Tercero. Financiación.
El importe de la beca estará supeditado a la financiación que la Universidad de
Huelva reciba para este fin por parte 80.01.06.00 321-A 481.99 procedentes del SEPIE
y a la 80.01.06.02 321-A 481.01, solo para los países indicados, procedente de la Junta
de Andalucía. La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente al tiempo
de estancia real del estudiante en el centro de acogida y al número de meses máximo
concedidos por los organismos financiadores.
Las ayudas no tienen por objeto cubrir la totalidad de los gastos de los estudiantes
en el extranjero, sino compensar la diferencia de vivir fuera de su ámbito familiar y local.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o formas de financiación que pueda
obtener o recibir el estudiante beneficiario. No obstante, no serán compatibles con otras
ayudas convocadas por el Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de
Huelva que se otorguen mediante el sistema de concurrencia competitiva y supongan
ocupar una plaza para un mismo periodo de estudios.
El importe de las ayudas se determinará a medida que los organismos financiadores
comuniquen a la Universidad de Huelva las cantidades destinadas a estos fines. En ese
momento, los adjudicatarios serán informados de este extremo, así como de la forma
en que la UHU hará efectivo el pago de las ayudas. Este importe estará condicionado al
cumplimiento de los requisitos adicionales que pudieran imponer estos organismos.