Disposiciones generales. . (2023/105-4)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ANEXO IV
NIF/NIE
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
COLECTIVO
(1)
SEXO
DATOS CONTRATOS
FECHA ALTA
JORNADA (%)
IMPORTE
SALARIO
MENSUAL (2)
PERÍODO
MESES
CUANTIA
AYUDA SOLICITADA
(3)
TOTAL AYUDA SOLICITADA EN EL SUPUESTO DE NUEVAS CONTRATACIONES
DATOS IDENTIFICATIVOS
NIF/NIE
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
SEXO
COLECTIVO
(1)
DATOS CONTRATOS
FECHA ALTA
JORNADA
(%)
IMPORTE
SALARIO
MENSUAL (2)
FECHA DE
CONTRATO
PERÍODO
MESES/DÍAS
CUANTIA
AYUDA SOLICITADA
(3)
TOTAL AYUDA SOLICITADA EN EL SUPUESTO DE MANTENIMIENTO DEL PUESTO DE TRABAJO:
TOTAL AYUDA SOLICITADA
(1) Indicar el colectivo al que pertenece la persona contratada, según el siguiente código:
a) Perceptoras de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
b) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
1. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
2. Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
c) Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
d) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
e) Personas internas de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo en régimen abierto, sometidos a un sistema de contratación ordinaria con empresarios, así como liberados
condicionales y exreclusos.
f) Personas menores de edad internas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un
empleo en régimen abierto, sometidos a un sistema de contratación ordinaria con entidad o persona empleadora, así como las que se encuentran en situación de libertad vigilada y las ex internas.
g) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados.
h) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados.
i) Mujeres víctimas de violencia de género procedentes de casas de acogida o programas de protección.
j) Personas emigrantes retornados a Andalucía con graves necesidades personales o familiares.
k) Personas que tengan a su cargo una familia monoparental y presenten graves necesidades personales o familiares.
l) Personas desempleadas mayores de 50 años que hubiesen permanecido inscritas de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en una oficina de los Servicios Públicos de Empleo durante, al menos, doce
meses.
m) Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al 33%.
n) personas que presenten una situación de exclusión similar a las relacionadas en los párrafos anteriores, a propuesta del Servicio Andaluz de Empleo.
(2) Costes salariales de las personas trabajadoras contratadas, incluidas las pagas extraordinarias y los gastos de Seguridad Social a cargo de la empresa.
(3) Hasta el 50% de los costes salarioales de las personas en situación de exclusión social, salvo en el caso de Empresas de Inserción de nueva creación, que el importe de la subvencionsón anual durante el primer año de
contrato será del 80% de los costes salariales. La cuantía máxima del incentivo un 10% cuando la persona contratada sea mujer.
00284800
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
INCENTIVO AL MANTENIMIENTO DE PERSONAS TRABAJADORAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023
005697/A03
DATOS IDENTIFICATIVOS
página 9779/32
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
3. RELACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS POR LAS QUE SE SOLICITA LA AYUDA
INCENTIVO A LAS CONTRATACIONES DE PERSONAS TRABAJADORAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
(Página 2 de 3 )
NIF/NIE
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
COLECTIVO
(1)
SEXO
DATOS CONTRATOS
FECHA ALTA
JORNADA (%)
IMPORTE
SALARIO
MENSUAL (2)
PERÍODO
MESES
CUANTIA
AYUDA SOLICITADA
(3)
TOTAL AYUDA SOLICITADA EN EL SUPUESTO DE NUEVAS CONTRATACIONES
DATOS IDENTIFICATIVOS
NIF/NIE
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
SEXO
COLECTIVO
(1)
DATOS CONTRATOS
FECHA ALTA
JORNADA
(%)
IMPORTE
SALARIO
MENSUAL (2)
FECHA DE
CONTRATO
PERÍODO
MESES/DÍAS
CUANTIA
AYUDA SOLICITADA
(3)
TOTAL AYUDA SOLICITADA EN EL SUPUESTO DE MANTENIMIENTO DEL PUESTO DE TRABAJO:
TOTAL AYUDA SOLICITADA
(1) Indicar el colectivo al que pertenece la persona contratada, según el siguiente código:
a) Perceptoras de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
b) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
1. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
2. Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
c) Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
d) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
e) Personas internas de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo en régimen abierto, sometidos a un sistema de contratación ordinaria con empresarios, así como liberados
condicionales y exreclusos.
f) Personas menores de edad internas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un
empleo en régimen abierto, sometidos a un sistema de contratación ordinaria con entidad o persona empleadora, así como las que se encuentran en situación de libertad vigilada y las ex internas.
g) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados.
h) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados.
i) Mujeres víctimas de violencia de género procedentes de casas de acogida o programas de protección.
j) Personas emigrantes retornados a Andalucía con graves necesidades personales o familiares.
k) Personas que tengan a su cargo una familia monoparental y presenten graves necesidades personales o familiares.
l) Personas desempleadas mayores de 50 años que hubiesen permanecido inscritas de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en una oficina de los Servicios Públicos de Empleo durante, al menos, doce
meses.
m) Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al 33%.
n) personas que presenten una situación de exclusión similar a las relacionadas en los párrafos anteriores, a propuesta del Servicio Andaluz de Empleo.
(2) Costes salariales de las personas trabajadoras contratadas, incluidas las pagas extraordinarias y los gastos de Seguridad Social a cargo de la empresa.
(3) Hasta el 50% de los costes salarioales de las personas en situación de exclusión social, salvo en el caso de Empresas de Inserción de nueva creación, que el importe de la subvencionsón anual durante el primer año de
contrato será del 80% de los costes salariales. La cuantía máxima del incentivo un 10% cuando la persona contratada sea mujer.
00284800
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
INCENTIVO AL MANTENIMIENTO DE PERSONAS TRABAJADORAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023
005697/A03
DATOS IDENTIFICATIVOS
página 9779/32
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
3. RELACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS POR LAS QUE SE SOLICITA LA AYUDA
INCENTIVO A LAS CONTRATACIONES DE PERSONAS TRABAJADORAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL
BOJA
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
(Página 2 de 3 )