Disposiciones generales. . (2023/105-4)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023
página 9779/24
(Página 3 de 5 )
ANEXO I
4. DECLARACIONES (Continuación)
La entidad solicitante se compromete a mantener contratadas a las personas en situación de exclusión social cuyos puestos
de trabajo hayan sido incentivados por un período mínimo de 12 meses o, en su caso, a sustituirlas en el plazo máximo de 1
mes.
La entidad solicitante se compromete a comunicar en el plazo de 10 días cualquier incidencia que se produzca en la situación
laboral de cada persona contratada que suponga una situación distinta a la de alta en la Empresa de Inserción.
La entidad solicitante se compromete a abonar durante la ejecución del contrato y, en todo caso, antes de la finalización de
la justificación, las nóminas a las personas contratadas, así como, a realizar el pago de las cotizaciones sociales y el ingreso
de las retenciones practicadas a cuenta del IRPF.
Otra/s (especificar):
ACEPTO mi inclusión en la lista de personas beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del
Reglamento (CE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
5. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
NIF de la entidad y escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente, en su caso.
Poder de representación de la persona representante.
Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta consignada en la solicitud.
Anexo III, IV, V, VI ó VII, dependiendo de la linea de subvención.
Contrato/s de trabajo debidamente formalizado/s.
En su caso, nóminas abonadas a las personas contratadas y justificantes bancarios de su abono.
Descripción detallada del puesto de trabajo que se incentiva y sus características técnicas.
Informe de vida laboral o autorización de consulta telemática de informe de vida laboral de la persona contratada.
Alta en la Seguridad Social de la persona contratada. Si la empresa estuviera acogida al sistema RED de transmisión
telemática de datos a la Seguridad Social, será suficiente aportar la acreditación correspondiente.
Informe o certificado acreditativo de la situación de exclusión social de la persona contratada emitido por la Administración
competente.
En su caso, informe o certificado acreditativo de las Administración competente del fracaso en un proceso previo de inserción
o de recaída en situación de exclusión social de la persona trabajadora.
DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados: (1)
Documento
Consejería/Agencia y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
00284800
005697
(1) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023
página 9779/24
(Página 3 de 5 )
ANEXO I
4. DECLARACIONES (Continuación)
La entidad solicitante se compromete a mantener contratadas a las personas en situación de exclusión social cuyos puestos
de trabajo hayan sido incentivados por un período mínimo de 12 meses o, en su caso, a sustituirlas en el plazo máximo de 1
mes.
La entidad solicitante se compromete a comunicar en el plazo de 10 días cualquier incidencia que se produzca en la situación
laboral de cada persona contratada que suponga una situación distinta a la de alta en la Empresa de Inserción.
La entidad solicitante se compromete a abonar durante la ejecución del contrato y, en todo caso, antes de la finalización de
la justificación, las nóminas a las personas contratadas, así como, a realizar el pago de las cotizaciones sociales y el ingreso
de las retenciones practicadas a cuenta del IRPF.
Otra/s (especificar):
ACEPTO mi inclusión en la lista de personas beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del
Reglamento (CE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
5. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
NIF de la entidad y escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente, en su caso.
Poder de representación de la persona representante.
Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta consignada en la solicitud.
Anexo III, IV, V, VI ó VII, dependiendo de la linea de subvención.
Contrato/s de trabajo debidamente formalizado/s.
En su caso, nóminas abonadas a las personas contratadas y justificantes bancarios de su abono.
Descripción detallada del puesto de trabajo que se incentiva y sus características técnicas.
Informe de vida laboral o autorización de consulta telemática de informe de vida laboral de la persona contratada.
Alta en la Seguridad Social de la persona contratada. Si la empresa estuviera acogida al sistema RED de transmisión
telemática de datos a la Seguridad Social, será suficiente aportar la acreditación correspondiente.
Informe o certificado acreditativo de la situación de exclusión social de la persona contratada emitido por la Administración
competente.
En su caso, informe o certificado acreditativo de las Administración competente del fracaso en un proceso previo de inserción
o de recaída en situación de exclusión social de la persona trabajadora.
DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados: (1)
Documento
Consejería/Agencia y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
00284800
005697
(1) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja