5. Anuncios. . (2023/105-71)
Anuncio de 13 de diciembre de 2022, de la Sdad. Coop. And. Talleres La Paloma de Padul, de disolución y liquidación. (PP. 3708/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023

página 20594/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
ENTIDADES PARTICULARES
Anuncio de 13 de diciembre de 2022, de la Sdad. Coop. And. Talleres La Paloma
de Padul, de disolución y liquidación. (PP. 3708/2022).
ANUNCIO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE TALLERES LA PALOMA DE PADUL,
S. COOP. AND.
Don José Martín Villaverde, en calidad de Administrador Único de la Entidad Talleres
La Paloma de Padul, S. Coop. And., y domicilio en calle Esperillas, núm. 32, de Padul,
C.P. 18640 (Granada), con número de Registro GRRCA01327 y CIF. F-18.524.405, por
medio de la presente y como mejor proceda en derecho,
COMUNICA
Certifica que el día 31 de agosto de 2022 se procedió a la celebración de Asamblea
General Extraordinaria, en el domicilio social, convocada al efecto, según los requisitos
exigidos en el art. 29 de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, en primera
convocatoria, con la asistencia de las tres personas socias, teniendo la cooperativa un
total de tres personas socias, a las 9:00 horas, tomándose por unanimidad los siguientes
acuerdos:
Primero. Se acuerda por unanimidad la disolución de la sociedad en virtud de lo
dispuesto en el artículo 58 de los Estatutos sociales, de conformidad con el artículo 33
LSCA. Puesto que concurren los requisitos exigidos para adoptar el acuerdo de disolución
y de liquidación de forma simultánea, en virtud a lo establecido en el art. 79.4 LSCA y en
el art. 67.6 del Reglamento que la desarrolla (Decreto 123/2014, de 2 de septiembre), el
órgano de administración presenta la propuesta de disolución y liquidación, así como del
proyecto de distribución del haber social y del balance final de liquidación.

Proyecto de distribución del haber social.
Igualmente se indicó por parte del Sr. Administrador que a la fecha actual:
1. No existen deudas sociales ni personas acreedoras, ya que la cooperativa no ha
iniciado la actividad.
2. Con arreglo al balance final presentado en este mismo punto, se destinarán
las aportaciones realizadas al Capital Social a compensar el importe de la cuenta de
Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores, según el 60.1 de la vigente Ley de
Sociedades Cooperativas Andaluzas.
3. Ni el Fondo de Reserva Obligatorio, ni Fondo de Formación y Sostenibilidad,
tienen dotación alguna, por lo que no se podrá ninguna cantidad a disposición de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. Se acuerda el cese en sus cargos de la totalidad de los miembros del
órgano de administración, como consecuencia del acuerdo de disolución adoptado por la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273978

Segundo. Se procede a la aprobación por unanimidad del balance final de liquidación,
y el proyecto de distribución del haber social. El balance de liquidación son cero euros.
Balance final de liquidación (adjunta balance a continuación).