3. Otras disposiciones. . (2023/104-33)
Acuerdo de 29 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan las cuantías de los precios públicos de los servicios académicos y administrativos de las enseñanzas artísticas superiores de Danza, de Diseño y de Música y se establecen supuestos de gratuidad y reducciones de los precios públicos por servicios académicos para el curso 2023/2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023

página 9662/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en sus artículos 54 a 58
las enseñanzas artísticas superiores, y de forma específica en sus artículos 54 y 57,
respectivamente, los estudios superiores de Música y de Danza y los estudios superiores
de Artes Plásticas y Diseño. Asimismo, establece que los estudios superiores de Música
y Danza conducirán al Título Superior de Música o Danza y que los estudios superiores
de diseño conducirán al Título Superior de Diseño en la especialidad correspondiente.
Corresponde al Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, determinar los servicios,
actividades y bienes susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, conforme
a lo recogido en el art. 25.1 de la la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de Tasas y Precios
Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Por otra parte, según lo establecido
en el art. 26.1 de la citada ley, el importe de los precios públicos deberá establecerse,
con carácter general, a un nivel que, como mínimo, cubra el coste total de la prestación
del servicio, la realización de la actividad o la entrega del bien, debiendo tenerse en
cuenta la utilidad derivada de la prestación administrativa para la persona interesada. Por
último, excepcionalmente, el Consejo de Gobierno podrá establecer precios públicos con
importes inferiores al coste del servicio o actividad prestados, así como la no exigencia
y reducciones de los mismos, en los supuestos, con los requisitos y los informes previos
previstos en el art. 25.2.b) de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre.
Al objeto de lograr una mayor equidad en la distribución de las ayudas y recursos,
en el presente acuerdo se contemplan diversos supuestos de gratuidad y reducciones
de los precios públicos, como la reducción del 99% de las matrículas para el alumnado
de 2.º a 4.º que cursa estas enseñanzas, siguiendo el mismo modelo implantado para
las universidades, es decir, que no cumplan con los requisitos para obtener la beca del
Ministerio con competencias en materia educativa y que hayan obtenido un aprobado en
primera matrícula en el curso anterior.
En ningún caso esta reducción sustituye al sistema nacional de becas que, además
del coste de la matrícula, ofrece asignaciones económicas dirigidas a atender las
necesidades durante los estudios, así como otros beneficios de corte no monetario. Por el
contrario, pretende evitar que quien no reúne las condiciones para una beca de estudios
se pueda ver fuera del sistema educativo público por razón económica. Esta medida,
además, da a la matrícula de honor el significado fundamental de distinguir y reconocer
los resultados excelentes de algunos alumnos y alumnas.
Del mismo modo, de conformidad con lo establecido en el artículo 82.1 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se considera oportuno, al objeto de cubrir
las necesidades particulares del alumnado residente en poblaciones de hasta 20.000
habitantes, establecer la reducción del 50% de las matrículas para el alumnado que cursa
estas enseñanzas.
El presente acuerdo establece las normas para el abono de los precios públicos a
satisfacer por los servicios académicos y administrativos que presten los centros de
enseñanzas artísticas superiores públicos de Andalucía, conducentes a la obtención de
los títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional y fija supuestos de gratuidad
y reducciones a los precios públicos por servicios académicos para el curso 2023/2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Acuerdo de 29 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan las
cuantías de los precios públicos de los servicios académicos y administrativos
de las enseñanzas artísticas superiores de Danza, de Diseño y de Música y se
establecen supuestos de gratuidad y reducciones de los precios públicos por
servicios académicos para el curso 2023/2024.