3. Otras disposiciones. . (2023/102-40)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio específico de colaboración.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9489/3
Segunda. Naturaleza interadministrativa.
El presente convenio específico de colaboración tiene naturaleza interadministrativa,
al ser firmado entre dos entidades de derecho público que constituyen Administraciones
públicas distintas e incluir la utilización de medios y recursos para el ejercicio de
competencias propias o delegadas.
Tercera. Régimen jurídico.
El presente convenio específico se rige por lo establecido en los artículos 47 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Este convenio específico de colaboración queda excluido del ámbito de aplicación
de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre, de conformidad
con lo establecido en el artículo 6, sin perjuicio de la aplicación de los principios del
referido texto legal, en defecto de normas especiales, para resolver las dudas y lagunas
que puedan plantearse, de conformidad con lo establecido en su artículo 4.
Cuarta. Proyecto científico de la revista.
Las diversas Administraciones Públicas actuantes en Andalucía podrán ser
objeto de estudio de la revista. A tal fin, la revista incorporará estudios doctrinales,
jurisprudenciales y bibliográficos. Y, en general, cuantas informaciones se estimen útiles
para el conocimiento de aquellas.
Para el desarrollo del proyecto científico se prestará especial consideración al
aprovechamiento de los recursos de carácter científico que pongan a su disposición las
diversas Universidades andaluzas y demás instituciones científicas de la Comunidad,
así como, en general, cuantas aportaciones intelectuales puedan resultar útiles al
conocimiento, estudio y elaboración de instrumentos de gestión para las Administraciones
Públicas andaluzas.
Dicho proyecto científico de la revista tendrá como una de sus referencias prioritarias
la Estrategia de I+D+I de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, aprobada por Acuerdo de
Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2022 y, específicamente, las líneas estratégicas
de investigación que, en ejercicio de sus atribuciones en la materia respecto de las
Administraciones Públicas andaluzas, se determinen en los correspondientes planes del
Instituto Andaluz de Administración Pública.
Sexta. Organización institucional.
Para la adecuada gestión del proyecto científico y el cumplimiento de sus fines, la
revista se organiza con arreglo a la siguiente estructura:
1. Dirección de la Revista.
2. Secretaría de la Revista.
3. Consejo de Redacción.
4. Consejo Asesor.
5. Consejo Científico.
6. Secretaría administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284515
Quinta. Especificaciones y contenido de la revista.
La revista será editada digitalmente, sin perjuicio de la edición en papel para su archivo
y constancia histórica. En general, para los aspectos relativos a sus características y
contenidos, se ajustará a lo establecido en el Reglamento.
El contenido de esta se estructurará conforme a las siguientes secciones:
1.ª Sección. Estudios.
2.ª Sección. Comentarios de Jurisprudencia.
3.ª Sección. Crónicas y Documentos.
4.ª Sección. Bibliografía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9489/3
Segunda. Naturaleza interadministrativa.
El presente convenio específico de colaboración tiene naturaleza interadministrativa,
al ser firmado entre dos entidades de derecho público que constituyen Administraciones
públicas distintas e incluir la utilización de medios y recursos para el ejercicio de
competencias propias o delegadas.
Tercera. Régimen jurídico.
El presente convenio específico se rige por lo establecido en los artículos 47 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Este convenio específico de colaboración queda excluido del ámbito de aplicación
de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre, de conformidad
con lo establecido en el artículo 6, sin perjuicio de la aplicación de los principios del
referido texto legal, en defecto de normas especiales, para resolver las dudas y lagunas
que puedan plantearse, de conformidad con lo establecido en su artículo 4.
Cuarta. Proyecto científico de la revista.
Las diversas Administraciones Públicas actuantes en Andalucía podrán ser
objeto de estudio de la revista. A tal fin, la revista incorporará estudios doctrinales,
jurisprudenciales y bibliográficos. Y, en general, cuantas informaciones se estimen útiles
para el conocimiento de aquellas.
Para el desarrollo del proyecto científico se prestará especial consideración al
aprovechamiento de los recursos de carácter científico que pongan a su disposición las
diversas Universidades andaluzas y demás instituciones científicas de la Comunidad,
así como, en general, cuantas aportaciones intelectuales puedan resultar útiles al
conocimiento, estudio y elaboración de instrumentos de gestión para las Administraciones
Públicas andaluzas.
Dicho proyecto científico de la revista tendrá como una de sus referencias prioritarias
la Estrategia de I+D+I de Andalucía (EIDIA), Horizonte 2027, aprobada por Acuerdo de
Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2022 y, específicamente, las líneas estratégicas
de investigación que, en ejercicio de sus atribuciones en la materia respecto de las
Administraciones Públicas andaluzas, se determinen en los correspondientes planes del
Instituto Andaluz de Administración Pública.
Sexta. Organización institucional.
Para la adecuada gestión del proyecto científico y el cumplimiento de sus fines, la
revista se organiza con arreglo a la siguiente estructura:
1. Dirección de la Revista.
2. Secretaría de la Revista.
3. Consejo de Redacción.
4. Consejo Asesor.
5. Consejo Científico.
6. Secretaría administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284515
Quinta. Especificaciones y contenido de la revista.
La revista será editada digitalmente, sin perjuicio de la edición en papel para su archivo
y constancia histórica. En general, para los aspectos relativos a sus características y
contenidos, se ajustará a lo establecido en el Reglamento.
El contenido de esta se estructurará conforme a las siguientes secciones:
1.ª Sección. Estudios.
2.ª Sección. Comentarios de Jurisprudencia.
3.ª Sección. Crónicas y Documentos.
4.ª Sección. Bibliografía.