3. Otras disposiciones. . (2023/101-41)
Resolución de 11 de abril de 2023, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa al proyecto que se cita, en el término municipal de Marmolejo (Jaén). (PP. 1558/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 6736/5
- Origen (Pórtico 132 kV-S.E.T. Guadame IV): X = 392149 ; Y = 4210575.
- Final (Pórtico 132 kV-S.E.T. Prom. Guadame): X = 395095 ; Y = 4211768.
Segundo. Estas autorizaciones se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que
se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y
funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos
de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la
atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica
el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen.
Tercero. En base al artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en
el plazo de 1 mes deberá presentar la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución,
contado a partir de la fecha de la presente resolución, indicando que se producirá su
caducidad si transcurrido dicho plazo aquélla no ha sido solicitada, pudiendo solicitar el
peticionario, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.
Cuarto. Según el artículo 130 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el titular
deberá presentar, junto con la correspondiente solicitud de autorización administrativa de
construcción, el proyecto de ejecución elaborado conforme a los reglamentos técnicos
en la materia y en particular, deberá cumplir el condicionado impuesto en el informe
de carácter vinculante emitido por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Jaén. Además, se presentarán en forma de separatas
aquellas partes del proyecto que afecten a bienes, instalaciones, obras o servicios,
centros o zonas dependientes de otras Administraciones, para que éstas establezcan el
condicionado técnico procedente.
Quinto. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la
misma. En tal supuesto la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Notifíquese esta resolución al solicitante, en la forma prevista en el artículo 40 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía
administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o
por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Política Industrial y
Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de
conformidad con los artículos 121 y 122 de la referida ley.
Jaén, 11 de abril de 2023.- EL Delegado, Javier Calvente Gallego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281776
Sexto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 6736/5
- Origen (Pórtico 132 kV-S.E.T. Guadame IV): X = 392149 ; Y = 4210575.
- Final (Pórtico 132 kV-S.E.T. Prom. Guadame): X = 395095 ; Y = 4211768.
Segundo. Estas autorizaciones se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que
se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y
funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos
de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la
atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica
el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen.
Tercero. En base al artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en
el plazo de 1 mes deberá presentar la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución,
contado a partir de la fecha de la presente resolución, indicando que se producirá su
caducidad si transcurrido dicho plazo aquélla no ha sido solicitada, pudiendo solicitar el
peticionario, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.
Cuarto. Según el artículo 130 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el titular
deberá presentar, junto con la correspondiente solicitud de autorización administrativa de
construcción, el proyecto de ejecución elaborado conforme a los reglamentos técnicos
en la materia y en particular, deberá cumplir el condicionado impuesto en el informe
de carácter vinculante emitido por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Jaén. Además, se presentarán en forma de separatas
aquellas partes del proyecto que afecten a bienes, instalaciones, obras o servicios,
centros o zonas dependientes de otras Administraciones, para que éstas establezcan el
condicionado técnico procedente.
Quinto. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la
misma. En tal supuesto la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Notifíquese esta resolución al solicitante, en la forma prevista en el artículo 40 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía
administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o
por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Política Industrial y
Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de
conformidad con los artículos 121 y 122 de la referida ley.
Jaén, 11 de abril de 2023.- EL Delegado, Javier Calvente Gallego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281776
Sexto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.