Autoridades y personal. . (2023/99-6)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se cesa a la Presidenta de la Junta Arbitral del Transporte.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 99 - Viernes, 26 de mayo de 2023
página 9247/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se cesa a la Presidenta
de la Junta Arbitral del Transporte.
Las Juntas Arbitrales del Transporte fueron creadas por la Ley 16/1987, de 30 de julio, de
Ordenación de los Transportes Terrestres, como instrumento de protección y defensa de
las partes intervinientes en el transporte.
Desarrollada reglamentariamente la constitución y funcionamiento de dichos órganos
en el R.D. 1211/19909, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la
citada ley, se establece que la localización geográfica y el ámbito territorial de dichas
Juntas Arbitrales serán determinadas por las correspondientes comunidades autónomas
en las que estén situadas, cuando éstas hayan asumido las competencias al efecto
delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, en relación con los transportes por
carretera y por cable.
Por R.D. 555/1990, de 27 de abril, dichas competencias se traspasan a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y son asignadas por Decreto 152/1990, de 15 de mayo, a la
Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Por Decreto 127/1991, de 24 de julio, se procedió a determinar la localización
y el ámbito territorial de las Juntas Arbitrales del Transporte en cada una de las ocho
provincias de Andalucía, procediéndose al nombramiento de los vocales integrantes
por Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de 5 de septiembre de
1991, delegándose determinadas competencias en materia de Juntas Arbitrales en los
Delegados Provinciales de la Consejería por Orden de 27 de abril de 1998.
Por último la Orden de esta Consejería de 30 de julio de 1999, sobre composición
y funciones de las Juntas Arbitrales del Transporte en Andalucía delega en su
artículo 7.1 en los Delegados Territoriales la designación del Presidente y Secretario
de la correspondiente Junta Arbitral del Transporte ubicada en su respectivo ámbito
territorial de competencia, recayendo dicha designación entre personal adscrito a la
correspondiente Delegación Territorial al conocimiento en las materias de competencia
de la Junta Arbitral del Transporte, debiendo ser su Presidente licenciado en Derecho.
Todo ello de conformidad con lo estipulado en el art. 10 del Decreto del Presidente
10/2022, 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 9 del Decreto
300/2022, 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía.
A la vista de lo anterior
Cesar como Presidenta de la Junta Arbitral del Transporte de Jaén a doña Marina Isabel
Paterna Pérez, a la vista de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1211/1990, de
28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero.
Jaén, 31 de marzo de 2023.- El Delegado, Miguel Contreras López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284276
HE RESUELTO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 99 - Viernes, 26 de mayo de 2023
página 9247/1
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Jaén, por la que se cesa a la Presidenta
de la Junta Arbitral del Transporte.
Las Juntas Arbitrales del Transporte fueron creadas por la Ley 16/1987, de 30 de julio, de
Ordenación de los Transportes Terrestres, como instrumento de protección y defensa de
las partes intervinientes en el transporte.
Desarrollada reglamentariamente la constitución y funcionamiento de dichos órganos
en el R.D. 1211/19909, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la
citada ley, se establece que la localización geográfica y el ámbito territorial de dichas
Juntas Arbitrales serán determinadas por las correspondientes comunidades autónomas
en las que estén situadas, cuando éstas hayan asumido las competencias al efecto
delegadas por la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, en relación con los transportes por
carretera y por cable.
Por R.D. 555/1990, de 27 de abril, dichas competencias se traspasan a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y son asignadas por Decreto 152/1990, de 15 de mayo, a la
Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Por Decreto 127/1991, de 24 de julio, se procedió a determinar la localización
y el ámbito territorial de las Juntas Arbitrales del Transporte en cada una de las ocho
provincias de Andalucía, procediéndose al nombramiento de los vocales integrantes
por Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de 5 de septiembre de
1991, delegándose determinadas competencias en materia de Juntas Arbitrales en los
Delegados Provinciales de la Consejería por Orden de 27 de abril de 1998.
Por último la Orden de esta Consejería de 30 de julio de 1999, sobre composición
y funciones de las Juntas Arbitrales del Transporte en Andalucía delega en su
artículo 7.1 en los Delegados Territoriales la designación del Presidente y Secretario
de la correspondiente Junta Arbitral del Transporte ubicada en su respectivo ámbito
territorial de competencia, recayendo dicha designación entre personal adscrito a la
correspondiente Delegación Territorial al conocimiento en las materias de competencia
de la Junta Arbitral del Transporte, debiendo ser su Presidente licenciado en Derecho.
Todo ello de conformidad con lo estipulado en el art. 10 del Decreto del Presidente
10/2022, 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 9 del Decreto
300/2022, 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía.
A la vista de lo anterior
Cesar como Presidenta de la Junta Arbitral del Transporte de Jaén a doña Marina Isabel
Paterna Pérez, a la vista de lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1211/1990, de
28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero.
Jaén, 31 de marzo de 2023.- El Delegado, Miguel Contreras López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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00284276
HE RESUELTO