3. Otras disposiciones. . (2023/99-24)
Orden de 21 de septiembre de 2022, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «Escuela Agraria Vícar» de Vícar (Almería) (PP. 2292/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 99 - Viernes, 26 de mayo de 2023

página 15496/2

(Almería), cuyo titular es Escuela Agraria, S.L.L., que, como consecuencia de ello, queda
con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:
a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:
Producción agropecuaria (impartidos en turno de mañana):
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
Jardinería y floristería (impartido en turno de mañana):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Producción agroecológica (impartidos en turno de mañana y tarde):
Núm. de ciclos: 2.
Grupos: 4.
Puestos escolares: 120.
b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:
Paisajismo y medio rural (impartidos dos ciclos en turno de mañana y un ciclo en
turno de tarde):
Núm. de ciclos: 3.
Grupos: 6.
Puestos escolares: 180.
Administración y finanzas (impartido en turno de tarde):
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2022/23, pues
tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente,
podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al
interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que
se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras
personas.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Almería la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268764

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.