Disposiciones generales. . (2023/96-1)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Martes, 23 de mayo de 2023
página 9045/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los
Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2022/2023.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, incluye, en su artículo 2.1.d), entre los fines a los que se
orientará el sistema educativo español, la educación en la responsabilidad individual y en
el mérito y esfuerzo personal.
De conformidad con lo dispuesto en artículo 89 de la citada Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, el Ministerio de Educación y Ciencia, actualmente Ministerio
de Educación y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias de las
Comunidades Autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras
entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o
centros escolares.
En la misma línea, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía,
tiene entre sus objetivos, establecidos en el artículo 5.d), el de estimular al alumnado en
el interés y en el compromiso con el estudio, en la asunción de responsabilidades y en el
esfuerzo personal en relación con la actividad escolar.
La Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los Premios Nacionales
de Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
estipula en su artículo 2 que las Administraciones educativas podrán convocar y conceder
Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus respectivos ámbitos de competencia.
La Consejería competente en materia de educación convoca los Premios
Extraordinarios de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía con el fin de
reconocer oficialmente los méritos basados en el esfuerzo y el trabajo del alumnado que
ha cursado estas enseñanzas con una trayectoria académica cualificada.
En Andalucía, la Orden de 21 de mayo de 2013, por la que se establece el
procedimiento para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se
efectúa su convocatoria para el curso 2012/2013, en su artículo 3, establece que la
Dirección General competente en materia de ordenación educativa convocará estos
Premios mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Por todo ello, la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación
Educativa, en uso de las facultades establecidas en el artículo 30 de la Ley 9/2007 de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y al amparo de las competencias
que le otorga el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESU ELV E
Segundo. Número máximo y cuantía económica de los Premios Extraordinarios.
En la convocatoria a la que se refiere esta resolución corresponde otorgar un total
máximo de 65 Premios Extraordinarios según el siguiente criterio: en cada provincia se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284075
Primero. Objeto.
Convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato para el curso académico 2022/2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Martes, 23 de mayo de 2023
página 9045/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los
Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2022/2023.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, incluye, en su artículo 2.1.d), entre los fines a los que se
orientará el sistema educativo español, la educación en la responsabilidad individual y en
el mérito y esfuerzo personal.
De conformidad con lo dispuesto en artículo 89 de la citada Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, el Ministerio de Educación y Ciencia, actualmente Ministerio
de Educación y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias de las
Comunidades Autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras
entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a alumnos, profesores o
centros escolares.
En la misma línea, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía,
tiene entre sus objetivos, establecidos en el artículo 5.d), el de estimular al alumnado en
el interés y en el compromiso con el estudio, en la asunción de responsabilidades y en el
esfuerzo personal en relación con la actividad escolar.
La Orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los Premios Nacionales
de Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
estipula en su artículo 2 que las Administraciones educativas podrán convocar y conceder
Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus respectivos ámbitos de competencia.
La Consejería competente en materia de educación convoca los Premios
Extraordinarios de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía con el fin de
reconocer oficialmente los méritos basados en el esfuerzo y el trabajo del alumnado que
ha cursado estas enseñanzas con una trayectoria académica cualificada.
En Andalucía, la Orden de 21 de mayo de 2013, por la que se establece el
procedimiento para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se
efectúa su convocatoria para el curso 2012/2013, en su artículo 3, establece que la
Dirección General competente en materia de ordenación educativa convocará estos
Premios mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Por todo ello, la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación
Educativa, en uso de las facultades establecidas en el artículo 30 de la Ley 9/2007 de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y al amparo de las competencias
que le otorga el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESU ELV E
Segundo. Número máximo y cuantía económica de los Premios Extraordinarios.
En la convocatoria a la que se refiere esta resolución corresponde otorgar un total
máximo de 65 Premios Extraordinarios según el siguiente criterio: en cada provincia se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284075
Primero. Objeto.
Convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato para el curso académico 2022/2023.