3. Otras disposiciones. . (2023/96-50)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, de autorización administrativa previa del proyecto de instalación de generación eléctrica fotovoltaica y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de Lucainena de las Torres y Tabernas (Almería). (PP. 1249/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 96 - Martes, 23 de mayo de 2023

página 5158/2

Quinto. Con fecha 23/07/2021 se solicita al Ayuntamiento de Lucainena de las Torres
informe de compatibilidad urbanística (ICU) conforme a los dispuesto en el artículo
42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. El
12/08/2021 fue recibido ICU con calificación de compatible.
Sexto. Con fecha 23/07/2021 se solicita al Ayuntamiento de Tabernas informe de
compatibilidad urbanística (ICU) conforme a los dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley
7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Séptimo. Con fecha 04/11/2021 se reitera al Ayuntamiento de Tabernas solicitud
de informe de compatibilidad urbanística (ICU), recibiéndose el 19/11/2021 ICU con
calificación de compatible.
Octavo. Con fecha 19/01/2023, se recibe Informe Ambiental Vinculante de 17/01/2023
de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en
Almería, en el cual, se resuelve informar favorablemente a los efectos ambientales,
supeditado al cumplimiento de las condiciones recogidas en el proyecto, el estudio de
impacto ambiental y resto de la documentación técnica presentada por el promotor, así
como las establecidas adicionalmente en los anexos cuyo contenido íntegro se puede
consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
y en el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia
para la tramitación y/o resolución de los procedimientos en materia de energía de las
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras
de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o menor a 50 MW eléctricos de
competencia autonómica y cuando se ubiquen o cuyo trazado discurra íntegramente
por el territorio de una provincia se encuentra atribuida en la Delegación Territorial de la
provincia respectiva, según apartado segundo de la Resolución de 11 de marzo de 2022,
de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias
en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Tercero. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280215

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran
establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley
Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas
que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV, así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su
aprovechamiento no afecte a otro territorio.