Disposiciones generales. . (2023/95-2)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio 2023, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a Entidades Privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a Entidades Locales Andaluzas para la prevención comunitaria.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8923/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención
Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio
2023, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a Entidades Privadas
sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y
a Entidades Locales Andaluzas para la prevención comunitaria.
En su virtud, y de conformidad con la disposición adicional primera de la Orden de
1 de julio de 2020, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de drogodependencia
y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para mantenimiento de
sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención
comunitaria, que delega la competencia para convocar la concesión de estas
subvenciones en la persona titular de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios,
hoy de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283954
Mediante Orden de 1 de julio de 2020 (BOJA núm. 130, de 8 de julio), se aprueban las
Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a entidades
privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas,
y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria, en el ámbito de las
competencias de la Consejería de Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.
En el marco de la referida Orden de 1 de julio de 2020, se determinan las siguientes
líneas de subvenciones a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico
para su regulación:
* Línea 1: Subvenciones para el mantenimiento de sedes y sostenimiento de la
actividad ordinaria de las entidades privadas sin ánimo de lucro, ubicadas en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dedicadas al ámbito de las adicciones.
* Línea 2: Subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, destinadas al desarrollo de programas de prevención comunitaria de las
adicciones «Ciudades ante las drogas».
* Línea 3: Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, ubicadas en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinadas al desarrollo de programas
de drogodependencias y adicciones.
La concesión de las subvenciones viene limitada por la existencia de disponibilidad
presupuestaria para el presente ejercicio económico. La línea 1 se financiará al 100%
con cargo al presupuesto de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.
La línea 2 será cofinanciada al 30,40% por la Administración de la Junta de Andalucía y al
69,60% por la Administración General del Estado; y la cofinanciación de la Línea 3 será al
53,44% por la Administración de la Junta de Andalucía y al 46,56% por la Administración
del Estado.
En cuanto al pago, y conforme a las Bases Reguladoras aprobadas por Orden de 1
de julio de 2020, será del cien por cien del importe de las subvenciones con anterioridad
a su justificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1.a) y b) de la Ley 1/2022,
de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
año 2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8923/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención
Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio
2023, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a Entidades Privadas
sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y
a Entidades Locales Andaluzas para la prevención comunitaria.
En su virtud, y de conformidad con la disposición adicional primera de la Orden de
1 de julio de 2020, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de drogodependencia
y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para mantenimiento de
sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención
comunitaria, que delega la competencia para convocar la concesión de estas
subvenciones en la persona titular de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios,
hoy de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283954
Mediante Orden de 1 de julio de 2020 (BOJA núm. 130, de 8 de julio), se aprueban las
Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a entidades
privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas,
y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria, en el ámbito de las
competencias de la Consejería de Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.
En el marco de la referida Orden de 1 de julio de 2020, se determinan las siguientes
líneas de subvenciones a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico
para su regulación:
* Línea 1: Subvenciones para el mantenimiento de sedes y sostenimiento de la
actividad ordinaria de las entidades privadas sin ánimo de lucro, ubicadas en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dedicadas al ámbito de las adicciones.
* Línea 2: Subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, destinadas al desarrollo de programas de prevención comunitaria de las
adicciones «Ciudades ante las drogas».
* Línea 3: Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, ubicadas en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinadas al desarrollo de programas
de drogodependencias y adicciones.
La concesión de las subvenciones viene limitada por la existencia de disponibilidad
presupuestaria para el presente ejercicio económico. La línea 1 se financiará al 100%
con cargo al presupuesto de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.
La línea 2 será cofinanciada al 30,40% por la Administración de la Junta de Andalucía y al
69,60% por la Administración General del Estado; y la cofinanciación de la Línea 3 será al
53,44% por la Administración de la Junta de Andalucía y al 46,56% por la Administración
del Estado.
En cuanto al pago, y conforme a las Bases Reguladoras aprobadas por Orden de 1
de julio de 2020, será del cien por cien del importe de las subvenciones con anterioridad
a su justificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1.a) y b) de la Ley 1/2022,
de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
año 2023.