5. Anuncios. . (2023/95-62)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 1466/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 6239/4
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
3. El titular de la autorización para la redacción del proyecto de ejecución tendrá
en cuenta el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general. En
particular, deberá cumplir el condicionado impuesto por la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, para la redacción del
proyecto en el Informe Vinculante (expte. AAU/AL/7/21) cuyo contenido íntegro se puede
consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
4. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
5. El titular de la instalación deberá tener en cuenta para la redacción del proyecto las
características de líneas de evacuación autorizadas de los distintas plantas de generación
que confluyen en la subestación.
6. La existencia de un acuerdo vinculante para las partes en relación con el uso
compartido de las infraestructuras de evacuación suscrito por todos los titulares de
instalaciones con permiso de acceso y conexión otorgados en la posición de 400 kV de la
Subestación de R.E.E.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros
organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial; y a salvo de
los legítimos derechos e intereses de terceros.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación,
bien ante esta Delegación o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y
Energía, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00281280
Almería, 23 de marzo de 2023.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de
11.3.2022, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), el Delegado, Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 6239/4
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
3. El titular de la autorización para la redacción del proyecto de ejecución tendrá
en cuenta el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general. En
particular, deberá cumplir el condicionado impuesto por la Delegación Territorial de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, para la redacción del
proyecto en el Informe Vinculante (expte. AAU/AL/7/21) cuyo contenido íntegro se puede
consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
4. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
5. El titular de la instalación deberá tener en cuenta para la redacción del proyecto las
características de líneas de evacuación autorizadas de los distintas plantas de generación
que confluyen en la subestación.
6. La existencia de un acuerdo vinculante para las partes en relación con el uso
compartido de las infraestructuras de evacuación suscrito por todos los titulares de
instalaciones con permiso de acceso y conexión otorgados en la posición de 400 kV de la
Subestación de R.E.E.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros
organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial; y a salvo de
los legítimos derechos e intereses de terceros.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación,
bien ante esta Delegación o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y
Energía, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00281280
Almería, 23 de marzo de 2023.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de
11.3.2022, BOJA núm. 52, de 17.3.2022), el Delegado, Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja