Disposiciones generales. . (2023/95-1)
Orden de 12 de mayo de 2023, por la que se deja sin efectos la Orden de 17 de marzo de 2023, y se modifica la distribución de la cuantía establecida para los ámbitos funcionales y territoriales definidos en la Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023

página 8875/2

Por tanto, procede dejar sin efectos la mencionada Orden de 17 de marzo de 2023
y aprobar una nueva modificación de distribución de crédito entre los distintos ámbitos
funcionales y territoriales en los mismos términos planteados en el acto que ahora se
revoca. Esta solución es acorde con los fundamentos jurídicos expresados en el Informe
AJ-CEETA 2023/22, de 10 de abril, emitido por la Asesoría Jurídica de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en el que se hace constar que, puesto que
la tramitación quedó suspendida y no han sido adoptados actos que supongan la
realización del gasto, no concurren todos los requisitos previstos en el artículo 36.2 del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto 92/2022, de 31 de mayo, para que resulte preceptiva
la instrucción de un procedimiento de convalidación de gastos y, en consecuencia, nada
obsta para que se pueda dejar sin efectos la Orden de 17 de marzo de 2023 y disponer
posteriormente una nueva modificación de la distribución del crédito.
En su virtud, de conformidad con el artículo 1.l) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, y el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el
procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones
otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas
y de régimen especial
DISPONGO
Primero. Revocar la Orden de 17 de marzo de 2023, por la que se modifica la
distribución de la cuantía establecida para los ámbitos funcionales definidos en la Orden
de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas
a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación
de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo
Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
–financiado por la Unión Europea–Next Generation EU–, y se procede a su convocatoria
para el año 2022.
Segundo. Modificar la distribución de crédito entre los distintos ámbitos funcionales y
territoriales previstos en la disposición adicional primera de la Orden de 27 de diciembre
de 2022. Los importes afectados por la redistribución de créditos son:
a) Cuantía inicial para cada ámbito funcional:
PARTIDA PRESUPUESTARIA
1400180000 G/76A/77405/00 MR05130401 2022001077 AYUDAS PYMES
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO
1400180000 G/76A/78405/00 MR05130401 20220001075 AYUDAS ASOCIACIONES
COMERCIALES PROGRAMA MODERNIZACIÓN COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO

LÍNEA

ANUALIDAD 2023

Línea 1

5.070.637 €

Línea 2

3.000.000 €

LÍNEA

ANUALIDAD 2023

Línea 1

6.082.560 €

Línea 2

1.988.077 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA
1200180000 G/76A/77405/00 MR05130401 2022001077 AYUDAS PYMES
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO
1200180000 G/76A/78405/00 MR05130401 20220001075 AYUDAS ASOCIACIONES
COMERCIALES PROGRAMA MODERNIZACIÓN COMERCIO-FONDO TECNOLÓGICO

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283904

b) Cuantía final para cada ámbito funcional: