Disposiciones generales. . (2023/95-3)
Extracto de 17 de mayo de 2023, de la Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca, para el ejercicio 2023, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a Entidades Privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a Entidades Locales Andaluzas para la prevención comunitaria.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8925/3
A NE XO
Línea 1. Subvenciones para el mantenimiento de sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las
adicciones.
Según se establece en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras
de esta línea:
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, de actuación en el ámbito provincial o local
PERSONAS
cuyo objeto o fin social sea la prevención y/o atención a las adicciones.
BENEFICIARIAS
- Federaciones de asociaciones de ámbito autonómico y demás entidades privadas sin
animo de lucro de ámbito supraprovincial, cuyo objeto o fin social sea la prevención y/o
atención a las adicciones.
El mantenimiento de las sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las
adicciones, mediante el sostenimiento de la actividad ordinaria de las mismas, a través
OBJETO
de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados
a tal fin, conforme a lo previsto en el apartado 5.c).1.º del cuadro resumen de las bases
reguladoras de esta Línea.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
IMPORTE
alcanzar hasta el 100% del importe solicitado, en los términos previstos en los apartados
5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta Línea.
Línea 2. Subvenciones a entidades locales destinadas al desarrollo de programas de prevención
comunitaria de las adicciones «Ciudades ante las drogas».
Conforme dispone el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de
esta Línea:
- Los Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales.
PERSONAS
- Los Consorcios y las Mancomunidades de Municipios.
BENEFICIARIAS
- Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa de carácter local que
de lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, prevista en el párrafo c),
apartado 2 del artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de
Andalucía.
El desarrollo del Programa de Prevención Comunitaria en materia de adicciones
«Ciudades ante las Drogas», mediante actuaciones dirigidas a toda la comunidad,
enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones, si bien
OBJETO
incidiendo en mayor medida en los sectores más jóvenes y en aquellos grupos de
mayor riesgo social.
El importe de la subvención a conceder a las entidades beneficiarias, se concretará por
IMPORTE
la Comisión de Evaluación, en los términos previstos en los apartados 5.a) y 5.b) del
cuadro resumen de las bases reguladoras de la presente Línea.
Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de programas de drogodependencia
y adicciones.
OBJETO
IMPORTE
El desarrollo de Programas dirigidos a desarrollar actuaciones en materia de
drogodependencia y adicciones, enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz
sobre Drogas y Adicciones vigente.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar hasta el 100% del importe solicitado, en los términos previstos en los
apartados 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta Línea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283955
PERSONAS
BENEFICIARIAS
Según se establece en el apartado 4.a).1.º de las bases reguladoras de esta Línea:
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan por objeto o fin social la prevención
y/o atención a personas o colectivos en el ámbito de las adicciones.
- No obstante, las subvenciones destinadas a financiar programas de formación solo
podrán ser solicitadas por las federaciones de asociaciones regionales o provinciales
y por entidades privadas de ámbito supraprovincial, cuyo objeto o fin social sea la
atención a las personas con problemas de drogodependiencia y/o adicciones.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Lunes, 22 de mayo de 2023
página 8925/3
A NE XO
Línea 1. Subvenciones para el mantenimiento de sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las
adicciones.
Según se establece en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras
de esta línea:
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, de actuación en el ámbito provincial o local
PERSONAS
cuyo objeto o fin social sea la prevención y/o atención a las adicciones.
BENEFICIARIAS
- Federaciones de asociaciones de ámbito autonómico y demás entidades privadas sin
animo de lucro de ámbito supraprovincial, cuyo objeto o fin social sea la prevención y/o
atención a las adicciones.
El mantenimiento de las sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las
adicciones, mediante el sostenimiento de la actividad ordinaria de las mismas, a través
OBJETO
de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados
a tal fin, conforme a lo previsto en el apartado 5.c).1.º del cuadro resumen de las bases
reguladoras de esta Línea.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
IMPORTE
alcanzar hasta el 100% del importe solicitado, en los términos previstos en los apartados
5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta Línea.
Línea 2. Subvenciones a entidades locales destinadas al desarrollo de programas de prevención
comunitaria de las adicciones «Ciudades ante las drogas».
Conforme dispone el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de
esta Línea:
- Los Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales.
PERSONAS
- Los Consorcios y las Mancomunidades de Municipios.
BENEFICIARIAS
- Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa de carácter local que
de lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, prevista en el párrafo c),
apartado 2 del artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de
Andalucía.
El desarrollo del Programa de Prevención Comunitaria en materia de adicciones
«Ciudades ante las Drogas», mediante actuaciones dirigidas a toda la comunidad,
enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones, si bien
OBJETO
incidiendo en mayor medida en los sectores más jóvenes y en aquellos grupos de
mayor riesgo social.
El importe de la subvención a conceder a las entidades beneficiarias, se concretará por
IMPORTE
la Comisión de Evaluación, en los términos previstos en los apartados 5.a) y 5.b) del
cuadro resumen de las bases reguladoras de la presente Línea.
Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de programas de drogodependencia
y adicciones.
OBJETO
IMPORTE
El desarrollo de Programas dirigidos a desarrollar actuaciones en materia de
drogodependencia y adicciones, enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz
sobre Drogas y Adicciones vigente.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar hasta el 100% del importe solicitado, en los términos previstos en los
apartados 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta Línea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283955
PERSONAS
BENEFICIARIAS
Según se establece en el apartado 4.a).1.º de las bases reguladoras de esta Línea:
- Entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan por objeto o fin social la prevención
y/o atención a personas o colectivos en el ámbito de las adicciones.
- No obstante, las subvenciones destinadas a financiar programas de formación solo
podrán ser solicitadas por las federaciones de asociaciones regionales o provinciales
y por entidades privadas de ámbito supraprovincial, cuyo objeto o fin social sea la
atención a las personas con problemas de drogodependiencia y/o adicciones.