Disposiciones generales. . (2023/94-6)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 26 de octubre de 2022, por la que se establecen especificaciones del procedimiento para la aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de modificaciones durante la anualidad en curso, así como la comunicación resumen de éstas por parte de las organizaciones de productores o las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las solicitudes presentadas en virtud del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023

página 8781/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

La nueva reglamentación de la UE en materia de política agraria, esencialmente el
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de
2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común
(planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por
el que se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013; el Reglamento
Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión de 7 de diciembre de 2021, por el que se
completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo
relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados
por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 20232027 en virtud de dicho Reglamento, ha establecido cambios diversos en los fondos y
programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y
hortalizas y de sus asociaciones.
Los instrumentos contemplados en el artículo 47 del Reglamento (UE) 2021/2115 de
2 de diciembre de 2021 denominados «Tipos de Intervención» en el sector de frutas y
hortalizas forman parte de los programas operativos como medios para conseguir los
objetivos recogidos en el artículo 46 del mismo Reglamento.
Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas pueden
acceder a ayudas financieras comunitarias para la constitución de un fondo financiero,
denominado fondo operativo, que servirá para financiar el contenido del respectivo
programa operativo que la entidad tenga aprobado para un período mínimo de tres años y
máximo de siete, conforme a lo indicado en el artículo 50 del Reglamento (UE) 2021/2115
de 2 de diciembre de 2021. A su vez, la distribución de los gastos para cada programa
operativo se establece en el apartado 7 del mencionado artículo.
Para la puesta en práctica de la normativa expuesta, se publica el Real
Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas
operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas y de sus
asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía, las actuaciones relativas a la intervención
y regulación de los mercados agrarios, en particular las relativas a la gestión de
diversas ayudas del FEAGA recogidas en la organización común de mercados de los
productos agrarios, entre ellas las dirigidas al sector de frutas y hortalizas, incluyendo
el reconocimiento, control y seguimiento de las actividades de las organizaciones de
personas productoras, son competencia de la Dirección General de Ayudas Directas y de
Mercados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas
y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 26 de octubre de 2022,
por la que se establecen especificaciones del procedimiento para la aprobación
de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de
sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de modificaciones durante
la anualidad en curso, así como la comunicación resumen de éstas por parte
de las organizaciones de productores o las asociaciones de organizaciones de
productores de frutas y hortalizas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, para las solicitudes presentadas en virtud del Real Decreto 857/2022,
de 11 de octubre.